Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 20 de Marzo de 2013, expediente 621.667/2012

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2013

Poder Judicial de la Nación CAMARA FED. DE APELAC. DE TUCUMAN

621667/2012 - CREDECON S.A. c/ GOBIERNO DE LA PCIA.DE CATAMARCA

s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA ART. 322 CPCC – JUZGADO FEDERAL DE

CATAMARCA

S.M. de Tucumán, 20 de marzo de 2013.-

Y VISTOS: El recurso de apelación interpuesto a fs.53 y,

CONSIDERANDO:

Que la resolución de fs. 50/51 vta. declaró la incompetencia del Juzgado Federal de Catamarca para entender en autos.

Que en contra de tal decisión apeló la actora, siéndole concedido el recurso por proveído de fs. 54, tras lo cual expresó agravios en el memorial que corre agregado a fs. 55/59 vta.

Que a criterio del Tribunal, los pretendidos agravios en absoluto enervan la sólida fundamentación vertida por el Sr. Juez a-quo en el fallo impugnado, más aún cuando este último se apartó del escrito fiscal obrante a fs. 48, el cual no puede ser calificado como dictamen.

En efecto, las autonomías provinciales podrían llegar a verse vedadas si es que cuestiones como las que se debaten en autos fueren sustraídas de la esfera de conocimiento de los jueces provinciales.

Por lo demás, ni las...

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