Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Cred. Prendarios Secc. Bolivar S/ Denuncia. Inf. Art. 296 C.P. (dominio Vhx 945, Anterior B-405535)

Fecha de la disposición 6 de Abril de 2010

Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. -- Buenos Aires, 22/2/2010 01 0 T. 34 Legalización N° 347643.

, que se corresponde con la que el Dr. VIDAN GUSTAVO ARIEL, 20-16321217-0 tiene registrada en la matrícula CP T° 0159 F° 064 y que se han efectuado los controles de matrícula vigente, incumbencia, control formal del informe profesional y de concordancia formal macroscópica de la firma y que signa en carácter de socio de: PRICE WATERHOUSE & CO. S. Soc. 2 T° 1 F° 17. -- Dr. JUAN CARLOS RICO, Contador Público (U.B.A.), Secretario de Legalizaciones.

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA:

A los señores Accionistas de Toyota Compañía Financiera de Argentina S.A.

  1. Hemos efectuado una revisión de la memoria y el estado de situación patrimonial de Toyota Compañía Financiera de Argentina S.A. al 31 de diciembre de 2009 y de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de origen y aplicación de fondos por el ejercicio finalizado en esa fecha y las Notas y Anexos que los complementan. La preparación y emisión de la Memoria y los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.

  2. Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. En ejercicio del control de legalidad que nos compete de los actos decididos por el Directorio que fueran expuestos en las reuniones de Directorio, hemos examinado los documentos detallados en el párrafo I. Por lo tanto nuestro examen se circunscribe a la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y al estatuto social, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo realizado por los auditores externos de Toyota Compañía Financiera de Argentina S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe de auditoría con fecha 22 de febrero de 2010, con observaciones por las discrepancias entre las normas establecidas por el Banco Central de la República Argentina ('BCRA') y las normas contables profesionales indicadas en el punto 3. de dicho informe, al cual nos remitimos.

  3. La calificación de la adecuación a la ley o al estatuto social de las decisiones y actos de los órganos de la Sociedad, así como la opinión de los documentos referidos en el párrafo 1, no se extiende a hechos, actos, omisiones o circunstancias que no resultan del conocimiento de la Comisión Fiscalizadora, que no pudieran determinarse a partir de la documentación examinada ni de la información recibida por la Comisión Fiscalizadora, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización, o que hubieran sido ocultados o simulados de forma de evitar su detección por el síndico en el marco de dicho examen y desempeño. La revisión...

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