Coviesa S.A. S/ Quiebra-incidente Concurso Especial por Garantizar Sgr S/ Concurso Especial

Fecha de disposición18 Marzo 2009
Fecha de publicación18 Marzo 2009
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta31617

12:00 hs., en Perón 1233 Cap. Fed., el inmueble sito en la calle Zuviría 1087/89, U.F. 8. piso 2º, Capital Federal, Matricula 6-11770-008. Según constatación de fs. 346 vta. El inmueble se encuentra ocupado por propietarios y consta de un living-comedor, tres dormitorios, cocina, lavadero, dos baños y balcón corrido.- Su estado de conservación es bueno y su antigüedad de aprox.

40 años.-Sup. 86,33 m2, Porc. 3.68%.- Base $ 180.000 a contado y mejor postor.- Seña 10%,

Comisión 3% y 0.25% en concepto de Arancel Subasta Judicial, todo en efectivo en el acto del remate.- Adeuda por expensas $ 40.680 mas honorarios, costos y costas al 20/11/07 (fs. 307):

por Imp. Munic. $ 4.565,58 al 20/11/07 (fs. 324);

Aguas Arg. s/deuda al 27/11/07 (fs. 327); AySA $ 29,64 al 27/11/07 (fs. 328); O.S.N s/deuda al 27/11/07.- El comprador deberá constituir domicilio en Capital Federal.- El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del CPC.- Queda prohibida la compra en comisión del bien puesto a subasta, como asi también la posterior cesión del boleto de compraventa. Serán admitidas ofertas bajo sobre hasta dos días antes a la fecha designada para la subasta --art. 162 del Reglamento para la Justicia Nacional y reglamentación del art. 570-- en el horario de atención del tribunal y se procederá a la apertura de los que se presenten, en audiencia pública fijada para la hora 12 del día anterior a la subasta. Corre por cuenta del comprador: 1) a remoción de cualquier impedimento que obstaculizara la escrituración y fuera ajeno al concurso y 2) hacerse cargo de la totalidad de los gastos que ocasione la escritura de cualquier índole que sean. Para el caso de que el adquirente fuere quien eventualmente planteare la nulidad de la subasta, para hacer uso de esta facultad deberá integrar el saldo de precio a resultas de la decisión sobre el planteo nulidificatorio. Las deudas por cualquier concepto que pesen sobre el inmueble entre el decreto de quiebra y la toma de posesión, por gozar del privilegio previsto por el art. 244 LC deben ser abonadas por la sindicatura en caso de que los fondos alcancen, dentro de los treinta días de depositado el saldo de precio, debiendo cursar los despachos que sea menester, sin necesidad de petición previa, a fin de conocer su monto. Los impuestos, tasas y contribuciones que detenten los inmuebles en subasta, resultarán a cargo del comprador aquellas devengadas con posterioridad a la entrega de la posesión. Visitar los días 19 y 20 de marzo de 2009.

Buenos Aires, 6 de marzo de 2009.

María Virginia Villarroel, secretaria.

e. 12/03/2009 Nº 16258/09 v. 18/03/2009 N° 7

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 7, a cargo del Dr. Fernando G. D'Alessandro, Secretaría Nº 14, a mi cargo, con sede en Av. Pte. Roque S. Peña 1211,

Piso 1º, Cap. Fed., comunica por cinco días en autos caratulados: 'BEDACARRATZ JUAN JOSE Y OTRO S/QUIEBRA S/CONC ESP. (PROMOV.

POR BANCO GALICIA Y BS. AS. HOY EQUITY TRUST COMPANY)', Expte. Nº 69.132, que el martillero Alfredo C. Vence, rematará el día 30 de marzo de 2009, a las 9:15 hs. en punto, en la Corporación de...

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