Nuevos countries deberán ceder tierras en la provincia

LA PLATA.? http://www.lanacion.com.ar/1531672-es-ley-la-cesion-de-tierras-de-los-countries-bonaerenses-para-viviendas-sociales a desarrolladores inmobiliarios y propietarios privados para erradicar villas o asentamientos de la provincia de Buenos Aires.La ley de acceso justo al hábitat dispone para grandes emprendimientos la "contribución obligatoria" del diez por ciento del valor de las tierras. Y deja abierta la posibilidad de exigir hasta 33% de las tierras de countries, clubes de campo, barrios cerrados, cementerios o shoppings que se instalen en este territorio.http://www.lanacion.com.ar/1502584-los-countries-en-el-centro-del-debate de superficies superiores a los 5000 metros cuadrados que "cederán como pago a cuenta de la determinación definitiva, sujeto a cómputo de equivalencia y valorización final" el 10% de la superficie total de los predios afectados o su equivalente en dinero o suelo urbanizable.El texto sancionado ayer precisa que "los municipios establecerán por una ordenanza de carácter general una contribución obligatoria no inferior al diez por ciento de la valorización inmobiliaria [?]. Dicha contribución no podrá ser superior al máximo establecido por la instancia superior de justicia en materia de constitucionalidad para la regulación de usos del suelo por parte del Estado". Esto es, el 33% de su valor, según el límite confiscatorio establecido por ley.Este punto generó polémica dentro del Frente para la Victoria. Los senadores de la agrupación Juan Domingo, que responden a Daniel Scioli, se retiraron del recinto antes de votar.El gobernador también se opone a este punto. Ya anticipó que en los próximos días modificará este texto. "El Poder Ejecutivo, al momento de la reglamentación, establecerá que no se verán afectados ni violados ninguno de los derechos adquiridos, ni el derecho a la propiedad", informó la Jefatura de Gabinete provincial. Y remarcó: "La reglamentación de la norma también aclarará que no existe la obligación de la cesión de tierras, sino una contribución económica al municipio siempre que exista una decisión administrativa del Ejecutivo local que revalorice dichas tierras".Los grandes emprendimientos urbanos no serán los únicos alcanzados por la ley. Todos los propietarios privados que se vean beneficiados por una ordenanza municipal que valorice el inmueble también deberán pagar un tributo que podrá ser cancelado con dinero efectivo o cediendo parte del inmueble alcanzado por la valorización u otros inmuebles...

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