Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 14 de Julio de 2016, expediente CAF 074539/2014/CA001

Fecha de Resolución14 de Julio de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. Nº 74.539/2014/CA1 “COTO CICSA c/ DNCI s/

LEALTAD COMERCIAL –LEY 22802- ART 22

Buenos Aires, de julio de 2016.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 59, este Tribunal ordenó que se corriera traslado a la DNCI, por el término de 30 (treinta) días, del recurso interpuesto por la parte actora a fojas 37/42, aclarándose expresamente que dicha notificación se encontraba a cargo de la parte interesada.

  2. Que, hasta la fecha la actora no produjo ningún acto impulsorio, resultando aplicable el plazo de caducidad de instancia dispuesto en el artículo Nº 310, inciso 1° del CPCCN.

    En tal sentido, es dable señalar que la inactividad procesal que configura el presupuesto de caducidad, se exterioriza en la no ejecución de acto alguno que tenga efecto impulsorio por ambas partes o por el órgano jurisdiccional a computarse desde la fecha de la última petición de las partes o resolución o actuación del Juez, del Tribunal o actos provenientes de los auxiliares de unos y otros (v. Palacio, L. E. Manual de Derecho Procesal Civil, Tomo II, Buenos Aires Abeledo –

    P., 1986, pág. 56).

  3. Que en efecto, la parte actora tenía la carga de confeccionar el oficio a fin de correr el traslado del recurso que luce a fojas 37/42 y ello lo debió haber realizado dentro de los seis meses de dictado el auto que así lo ordenó, no obstante lo cual, hasta el presente...

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