Costantino

Juez Tercer Juzgado de Procesos Concursales, a cargo del Dr. Pablo González Masanés, Juez, Secretaria Dra. Paula Lucero, sito en Pedro Molina N° 517, 2° piso, Ciudad, Mendoza, (C.P. 5.500) hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 2 de los autos N° 1.017.578 caratulados "COSTANTINO JUAN PABLO p/QUIEBRA" se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 05 de noviembre de 2015. Autos y vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: I. Hacer lugar a la demanda declarando la quiebra por extensión del demandado Sr. Juan Pablo Costantino, D.N.I. N° 24.192.192; la que tramitará conforme a las normas para las pequeñas quiebras (Art. 288 y 289 LCQ). Notifíquese por cédula y en papel simple a la Administración Tributaria Mendoza (Art. 26 Cód. Fiscal). VIII. Fijar el día veintidós de febrero de 2016 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico; habilitándose al efecto dos horas más del día hábil siguiente; conforme a Acordada de fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 de la Excma. Primera Cámara de Apelaciones (Art. 200 Ley 24.522). IX. Fijar el día uno de marzo de 2016 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación puedan concurrir al domicilio de Sindicatura, a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el Art. 35 LCQ; habilitándose al efecto dos horas más del día hábil siguiente (Art. 200 sexto párrafo Ley 24.522) y debiendo sindicatura presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del Art. 279 Ley 24.522 (Art. 200 séptimo párrafo Ley 24.522). X. Fijar el día treinta y uno de marzo de 2016 como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura el informe individual; dictándose sentencia de verificación de créditos el día catorce de abril de 2016, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal (Art. 274 LCQ). XI. Fijar el día doce de mayo de 2016 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el día veintisiete de mayo de 2016.. VIII.- Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación de aquel para la entrega al...

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