COSTAGLIOLA, ADRIAN J.; FERNANDEZ, NORBERTO A. Y ARTURI LIDIA S/ DCIA. INF. ART. 296, 292 (DON B 199

Fecha de disposición22 Marzo 2012
Fecha de publicación22 Marzo 2012
SecciónCuarta Sección - Judiciales

El Señor Juez Federal de Primera Instancia de la ciudad de La Plata, a cargo del Juzgado Federal Nº 1, Dr. Manuel Humberto Blanco, Secretaría Penal Nº 3, a Cargo de la Dra. María Cristina Grau de Sleet, cita y emplaza a Adrian Julian Costagliola, DNI Nº 27.355.363, para que comparezca a estar a derecho, dentro del término de tres días a contar desde el día de su publicación en el Boletín Oficial, a los efectos de prestar declaración indagatoria a tenor de lo normado en el artículo 294 del C.P.P.N, por considerarlo sospechoso del delito de falsificación y/o uso de documento público falso en concurso real con participación necesaria del delito de falsedad ideológica en grado de tentativa, delitos previstos y reprimidos tipificado en los artículos 292, 293 54 y 42 del Código Penal, y realizar cuerpo de escritura si a ello no se opone conforme lo previsto en el articulo 265 del Código de Forma, bajo apercibimiento de que en caso de no comparecer será declarado rebelde. Arts. 150 y 288 del C.P.P.N. Para mayor recaudo se transcribe el auto que ordena tal medida: “//Plata, 9 de febrero de 2012. Atento lo informado por la prevención líbrese oficio al Director del Boletín Oficial, a fin de que se cite por edicto a Adrian comparezca a la audiencia designada a los fines de prestar declaración indagatoria a tenor de lo dispuesto por el artículo 294 del C.P.N.N. por considerarlo sospechoso del delito de falsificación y/o uso de documento público falso en concurso real con participación necesaria del delito de falsedad ideológica en grado de tentativa delitos previsto y reprimidos por los artículos 292, 296 en función del 292, 293, 54 y 42 del Código Penal y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR