Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 16 de Diciembre de 2016, expediente CIV 075638/2013/CA001

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala F

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F Ex. 75638/2013 “CORTES L.A. c/ CHAMORRO RAMON FABIAN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)” J. 11 Buenos Aires, de diciembre de 2016.- FG AUTOS Y VISTOS:

Para resolver el recurso de apelación interpuesto y fundado por la actora a fs. 180, contra la resolución de fs. 178/179, por medio de la cual se declaró operada la caducidad de instancia. El traslado fue contestado a fs. 188/190.

La accionante se agravia de la resolución que decretó la caducidad de la instancia, sosteniendo que realizó diversos actos que no fueron debidamente ponderados al momento de resolver.

Tiene dicho esta S. que la caducidad de la instancia es un instituto procesal de orden público, cuyo fundamento objetivo es la inactividad por un tiempo determinado de los litigantes, quienes ante el desinterés demostrado de esta forma tienen su sanción. Su finalidad excede el beneficio de las partes y tiende a liberar al órgano jurisdiccional de la carga que implica la sustanciación y resolución de los procesos evitando la duración indefinida de éstos cuando las partes presumiblemente abandonan el ejercicio de sus pretensiones (CNCiv., esta Sala del 8/8/94, "Brizuela c/Y.P.F. S.A.", Rev. JA n1 5946 del 16/8/95, pág. 56; jurisprudencia y doctrina allí citada).

En virtud del principio dispositivo, las partes asumen la carga de impulsar el trámite del proceso hasta ponerlo en condiciones de decidirlo. De allí que la inactividad procesal que se traduce en el incumplimiento de la carga de impulsar configura una presunción de abandono tácito de la instancia por parte del interesado.

La apuntada carga de "instar" significa insistir, perseverar, urgir, y por su raíz latina instante connota la inequívoca idea de movimiento, que se opone a la de paralización, e identifica la instancia las nociones de presencia y cercanía, o proximidad hacia el Fecha de firma: 16/12/2016 Firmado por: ZANNONI-POSSE SAGUIER-GALMARINI, Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA #12663278#167762375#20161215085217920 órgano de la justicia con el fin de provocar sus...

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