Corte Suprema de Justicia

Fecha de Entrada en Vigor31 de Mayo de 2017
EmisorCorte Suprema de Justicia
Fecha de la disposición30 de Enero de 2017

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Santa Fe, 3 de mayo de 2017.

VISTOS: Estos caratulados “LEY PROVINCIAL Nº 12.851/08 - JUS UNIDAD DE HONORARIO PROFESIONAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES”, (Exp. Nº 831/2008); y,

CONSIDERANDO: Que en los autos del epígrafe, originados en el dictado de la Ley Provincial Nº 12.851 y en mérito a lo previsto en el artículo 32 de dicha norma, se dispuso que la Dirección General de Administración de este Poder Judicial, haga saber el valor de la unidad Jus alli mencionada.

Que mediante Acta Nº 23, Punto 6, del 10 de junio de 2008, el Alto Cuerpo dispuso delegar en la Secretaría de Gobierno, la facultad de que en el futuro, de producirse la modificación en la base de cálculo del valor de la misma, disponga lo conducente para su publicación, con comunicación al Cuerpo.

Que atento lo cual y conforme lo previsto por el art. 32 de la Ley 12.851 de Honorarios de Abogados y Procuradores, antecedentes de índole similar, y al incremento salarial dispuesto para todo el personal del Poder Judicial, del 10% a partir del 1º de marzo de 2017 (vid. Acuerdo de la Excma. Corte Suprema de Justicia del 25.4.2017, Acta Nº 14, Punto 8º), se ha modificado la base de cálculo del valor JUS, el cuál representa el dos por ciento (2%) de la remuneración total, deducidos los adicionales porcentuales particulares, del cargo de Juez de Primera Instancia de Distrito.

Que ello asi, la Dirección General de Administración de este Poder Judicial se expide en consecuencia (vid. Informe del 3.5.2017).

Por lo expuesto, lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley Nº 10.160 (t.o. según...

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