Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 22 de Mayo de 2019, expediente FMZ 035324/2018

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 35324/2018 Mendoza, 22 de Mayo de 2019.

Y VISTOS:

Los presentes autos nº FMZ 35324/2018/CA5 caratulados: “LEGAJO

DE APELACION EN AUTOS CORRIENTE M.F. Y OTROS

SOBRE INFRACCION A LA LEY 23.737”; FMZ 35324/2018/4/CA2

caratulados: “INCIDENTE DE EXCARCELACION EN AUTOS GAREPIA

MAICO POR INFRACCION LEY 23.737”; FMZ 35324/2018/5/CA2

caratulados: “INCIDENTE DE EXCARCELACION EN AUTOS GAREPIA

RODRIGO ESEQUEL POR INFRACCION LEY 23.737”; FMZ

35324/2018/6/CA2 caratulados: “INCIDENTE DE EXCARCELACION EN

AUTOS GAREPIA DARIO POR INFRACCION LEY 23.737”; FMZ

35324/2018/7/CA2 caratulados: “INCIDENTE DE EXCARCELACION EN

AUTOS B.F.A.P.I. LEY

23.737”; todos ellos venidos del Juzgado Federal de S.J., Secretaria Penal, a

esta S. “B” en virtud de los recursos de apelación interpuestos: I) En el

expediente FMZ 35324/2018/CA5, a fs. 2759/2762 vta. por la Defensa Oficial de

L.S., E.V., L.M., FERNANDO

BALMACEDA, D.G., R.G., MAICO GAREPIA

Y MARCELO PAEZ; a fs. 2748/2758 vta. por la defensa particular, de MATÍAS

BARROSO Y ELIZABETH NAVARRO; y a fs. 2763/2768 por la defensa

particular de F.C.L.. Todos ellos contra la resolución

dictada por el Juez de grado a fs. 2481/2605 vta. en cuanto dispone: “1. Dictar

auto de PROCESAMIENTO Y PRISIÓN PREVENTIVA contra SILVA,

L.G., ALIAS MASCOTA, DNI N° 35.857.020 y contra

PAEZ, J.M., ALIAS VENENO, DNI Nº 29.709.584, en orden al

delito de transporte, distribución y tenencia de estupefacientes con fines de

comercialización (art. 5º inc. c) de la ley 23.737), agravado por la participación

de tres o más personas a tal fin (art. 11 inc. c) y e) de la misma ley) por

coordinar el tráfico de estupefacientes desde el interior del Servicio

Fecha de firma: 22/05/2019 Alta en sistema: 31/05/2019 Firmado por: A.R.P., Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado por: J.I.P.C., Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado por: G.E.C. DE DIOS, Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado(ante mi) por: R.H.M., S. de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza #31979515#234999072#20190521093303672 Penitenciario Provincial, en calidad de presuntos co autores (art. 45 del C.P) y

ordenar la traba de embargo sobre bienes propios de cada uno de los nombrados

por la suma de pesos Quinientos Mil ($ 500.000) medida que será efectivizada

por el Oficial de Justicia del Tribunal en incidentes que se formarán al efecto. 2.

Dictar AUTO DE PROCESAMIENTO Y PRISIÓN PREVENTIVA contra

L.F.C.A.P., DNI N° 27.412.644,

D.D.G.A.B., DNI N° 37.507.123,

CORRIENTE M.F.A.F., DNI N° N° 34.243.087,

G.R.E., DNI N° 35.852.606, MAICO GAREPIA,

DNI N°38.016.414, GAREPIA DARIO E. DNI N° 38.995.520, RICARDO

NESTOR MORALES, ALIAS POROSO, DNI N° 33.322.104, BALMACEDA

FERNANDO ARIEL ALIAS CHINO, DNI N° 50.023.291, YESICA JUDITH

MONTENEGRO ALIAS YECO, DNI N° 35.852.714, ÉRICA VALERIA VEGA

DNI N° 37.741.534, L.M.D.: 16.459.270, ELIZABETH

MILENA NAVARRO DNI: 39.425.412 y MATÍAS ADOLFO BARROSO DNI:

37.833.946 en orden al delito de transporte, distribución y tenencia de

estupefacientes con fines de comercialización (art. 5º inc. c) de la ley 23.737),

agravado por la participación de tres o más personas a tal fin (art. 11 inc. c de

la misma ley), en calidad de presuntos coautores (art. 45 del C.P) y ordenar la

traba de embargo sobre bienes propios de cada uno de los nombrados por la

suma de pesos Quinientos Mil ($ 500.000); medida que será efectivizada por el

Oficial de Justicia del Tribunal en incidentes que se formarán al efecto...”, II) En

el expediente FMZ 35324/2018/4/CA2, a fs.10/13 vta., por la Defensa Oficial de

MAICO GAREPIA, en el expediente FMZ 35324/2018/5/CA2, a fs. 11/14, por la

Defensa Oficial de R.G., en el expediente FMZ

35324/2018/6/CA1, a fs. 10/13 por la Defensa Oficial de DARÍO GAREPIA, y en

el expediente FMZ 35324/2018/7/CA2, a fs. 12/15, por la Defensa Oficial de

F.A.B.; todos ellos, contra las resoluciones que

deniegan los pedidos de excarcelación solicitados.

Fecha de firma: 22/05/2019 Alta en sistema: 31/05/2019 Firmado por: A.R.P., Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado por: J.I.P.C., Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado por: G.E.C. DE DIOS, Juez de la Cámara Federal de Mendoza Firmado(ante mi) por: R.H.M., S. de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza #31979515#234999072#20190521093303672 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 35324/2018 Y CONSIDERANDO:

1) Elevados los expedientes a esta Alzada, el día y hora fijados,

concurren a la audiencia oral que prevé el art 454 del CPPN, la Sra. Defensora

C.C.F. por la defensa de los encartados L.S.,

E.V., L.M., F.B., D.G., Rodrigo

Garepia, M.G. y M.P., el Dr. N.G.C. –por la

defensa de L.M. y F.C.L. y por el Ministerio

Público Fiscal, la Sra. Fiscal “ad hoc”, Dra. P.S., quien lo hace

acompañada de la Dra. Belén J.; todos los cuales, en su oportunidad, informan

oralmente, aportando los fundamentos que constan en el acta, agregada en autos,

y en el audio y video que, en formato digital, fue tomado por Secretaría de

Cámara, y a cuyos argumentos cabe remitir sucintamente.

En dicho acto, la defensa de los imputados M.B. y Elizabeth

Navarro, no se hace presente, por lo que corresponde tener por desistidos los

recursos de apelación presentados en su favor (conf. Art. 454 2do párr.).

2) Ahora bien, analizadas las constancias de autos, a la luz de los

argumentos vertidos por las partes, este Cuerpo se pronuncia por no hacer lugar a

los recursos impetrados, por las defensas de todos los imputados y confirmar las

resoluciones en crisis, dado que los argumentos expresados, no conmueven los

fundamentos que abonan la resolución del Señor Juez de Instrucción, por lo que

cabe remitir a los fundamentos...

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