Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 8 de Marzo de 2022, expediente CCF 003130/2021/CA001

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 3.130/2021/CA1 “C., B. T. c/ Swiss Medical SA s/ amparo de salud” Juzgado n° 10. Secretaría n° 20.

Buenos Aires, 8 de marzo de 2022.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la parte actora el 4 de agosto de 2021 -concedido en relación y con efecto devolutivo-, contra la providencia cautelar del 13 de julio de 2021, cuyo traslado fue contestado por la demandada el 17 de diciembre de 2021, habiendo sido oído el Señor Defensor Público Oficial el 9 de noviembre de 2021; y CONSIDERANDO:

  1. El 28 de abril de 2021, se presentó la señora A.J.P. -en representación de su madre, señora B.T.C., de 80 años de edad-, y promovió

    la presente acción con medida cautelar a fin de que se ordene a Swiss Medical SA otorgar la cobertura del 100% de internación en la residencia “Gardenia”, y la provisión de una cama ortopédica eléctrica y un colchón antiescaras.

    Manifestó que su madre, como consecuencia de su cuadro de trastorno bipolar, fue institucionalizada hace más de diez años en el establecimiento “La Casa” y que la cobertura del costo de internación fue brindada por la empresa prepaga en virtud de la medida cautelar y posterior sentencia dictada en los autos “C.B. c/ Swiss Medical SA s/ sumarísimo”

    (causa n° 117/2011) que tramitó por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal n° 11, Secretaría n° 22.

    Relató que la actora permaneció en la institución “La Casa”

    hasta el 12 de diciembre de 2020, donde fue trasladada a la clínica CIAREC

    por haber sufrido un ACV izquémico.

    Al momento de solicitar el regreso de la señora B a la institución “La Casa”, las autoridades de ese establecimiento le informaron que a raíz del ACV sufrido y siendo una persona altamente dependiente de terceros,

    Fecha de firma: 08/03/2022

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    dicho establecimiento no contaba con la adecuada atención que su patología precisaba.

    Es por ello que la familia encontró la institución “Gardenia”,

    lugar donde la actora recibiría la atención y cuidado que necesita.

    Manifestó que con fecha 20 de abril de 2021 envió carta documento a la obra social demandada por la cual requirió la cobertura del 100% de internación geriátrica en la institución “Gardenia”, y la provisión de una cama ortopédica eléctrica y un colchón antiescaras, sin obtener respuesta alguna.

    En función de lo expuesto, inició el presente amparo.

  2. El...

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