Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 5 de Mayo de 2009, expediente 741/08

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2009

Poder Judicial de la Nación ta, 5 de mayo de 2009.-

AUTOS Y VISTA:

Esta causa °

N° 741/08 caratulada:

CORONEL, J.J. s/Infracción a la Ley 23.737", originaria del Juzgado Federal N° 1 de Salta (Expte. N° 675/07), y;

CONSIDERANDO:

I.-

Que vienen las presentes actuaciones a consideración de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el señor Defensor Público Oficial de J.J.C. USO OFICIAL

en contra del auto de fs. 39/40 vta., que ordenó el procesamiento del nombrado por considerarlo autor “prima facie” responsable del delito de tenencia de estupefacientes destinado al consumo personal, previsto y penado por el art. 14, segunda parte de la ley 23.737.-

II.-

Que el hecho motivo de la presente causa ocurrió el 7 de septiembre de 2007, en circunstancias en que personal de la Policía de la Provincia se dirigió –por orden radial- al puente ubicado en calles Costanera y C.S. de los Barrios Unión y San José,

donde detuvo a un taxi que había sido abordado en forma presurosa por tres personas de sexo masculino.

Al descender los individuos del automóvil,

encontraron en el piso de la parte trasera del vehículo, donde viajaba J.J.C., dos envoltorios de plástico que contenían pasta base de cocaína y un tubo metálico. En ese momento el nombrado manifestó en forma espontánea que la droga era de su propiedad.

Luego se dio intervención a efectivos de la Dirección de Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia, quienes procedieron a efectuar la prueba de campo respectiva sobre el material secuestrado, la cual dio resultado positivo respecto de la presencia de cocaína, y arrojó un peso menor a 1 gramo (fs. 2/3).

La pericia química practicada al material secuestrado concluyó que la sustancia se trataba de pasta base de cocaína, cuya concentración osciló entre el 57,9 y el 58,67 %, pudiendo obtenerse 2 dosis umbrales. En los ensayos previos se utilizó la totalidad de lo secuestrado (fs. 24/26).

III.-

Que al ser convocado a prestar declaración indagatoria a fs. 17 y vta., el imputado J.J.C. reconoció la pertenencia de la droga secuestrada y dijo que la había adquirido para su propio consumo a un desconocido en la zona de El Bajo Chico.

Agregó ser consumidor de pasta base de cocaína en forma de pipa, desde hacía aproximadamente seis meses,

haciéndolo sólo los fines de semana.

IV.-

Que el señor Defensor Público Oficial del imputado al expresar agravios a fs. 49/50 vta., consideró que los argumentos que se dieron para imputarle a su pupilo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR