Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 30 de Noviembre de 2021, expediente FLP 058923/2019/CA001

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

En la ciudad de La Plata, a los días 30 del mes noviembre del año dos mil veintiuno, reunidos en Acuerdo los señores Jueces que integran la Sala Primera de esta Cámara Federal de Apelaciones, toman en consideración el presente expediente Nº FLP 58923/2019/CA1, caratulado: “CORONEL,

H.A. c/ REGISTRO AUTOMOTOR NRO. 1 BERISSO Y

OTROS s/CIVIL y COMERCIAL-VARIOS” proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 4 de esta ciudad.

EL JUEZ L.A. DIJO:

  1. La parte actora inicia las presentes actuaciones ante el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de esta ciudad con el objeto de solicitar la nulidad del acto administrativo que habilitó el cambio de titularidad del automóvil Nuevo S.S.D., dominio AB203AV, en favor de la señora M.E.G..

    El a quo resolvió tener por agotada la vía administrativa con la documentación aportada, pero se declaró incompetente para entender en las presentes actuaciones remitiéndolas a esta Cámara Federal en virtud de artículo 37 del Decreto 1114/97 que establece “Las decisiones de los Encargados de Registro en materia registral, podrán ser recurridas ante la Cámara Federal de Apelaciones con competencia territorial en el lugar donde tenga su asiento el Registro Seccional contra cuya decisión se recurre.”

    El señor H.A.C. cuestiona el acto jurídico que habilitó el cambio de titularidad del automóvil mencionado, luego de fallecido el titular registral originario de dicho vehículo, y entabla la presente acción contra la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, la señora M.E.G. y/o contra quien resulte responsable por el error cometido por el Registro Seccional interviniente, el cual autorizó el cambio de titularidad a pesar de haberse producido la caducidad del derecho contenido en el Formulario 08, a partir del fallecimiento del firmante.

    Por su parte, el actor solicitó en autos una medida cautelar de no innovar a los fines que el automóvil permanezca en resguardo. Por ello, el 26

    de diciembre de 2019, este tribunal decretó la anotación de la presente litis en el Registro Automotor N° 1 de Berisso, a fin de asegurar la publicidad del Fecha de firma: 30/11/2021

    Firmado por: E.S.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

    juicio frente a la eventualidad de que la sentencia que recaiga haya de ser opuesta a terceros adquirentes del bien litigioso o a favor se constituya un derecho real sobre éste, fijando caución juratoria.

    El recurso directo fue contestado previo traslado los representantes del Estado Nacional DNRNPA y CP.

  2. El señor H.A.C. manifiesta que ante el fallecimiento de su padre J.M.C. ocurrido el 8/01/2019, inicia junto con su hermano, D.M.C., el proceso...

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