Cornejo - San Martin - Quiebra Voluntaria

Juez Primer Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de San Martín, notifica y hace saber que a fs. 12/14 de los Autos N° 51.468 caratulados "CORNEJO ROSENDO MARIO p/QUIEBRA VOLUNTARIA" dictó la siguiente resolución la que transcripta en su fecha y parte pertinente dice: "Gral. San Martín, Mza., 1 de junio de 2010. Autos y vistos... Considerando... Resuelvo: I- Declarar en estado de quiebra voluntaria a Rosendo Mario Cornejo, titular de DNI N° M 7.647.578, CUIL N° 20-07647578-5, con domicilio real en Manzana "G" Casa "24" del Barrio República del Uruguay de la Ciudad de Gral. San Martín, Mendoza y domicilio legal en los estrados del juzgado, Arts. 2, 77, 82, 86 y cc. de la LCQ. II- Disponer la anotación de la quiebra y de la inhibición general de bienes en los término de los Arts. 236, 237 y 238 de la L.C. y Q., en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia y Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia que correspondan a cuyo efecto ofíciese. III- Declarar inembargable las remuneración que percibe la fallida como empleado de la Municipalidad de General San Martín, Provincia de Mendoza, sin perjuicio de los derechos que hagan valer terceros en su oportunidad, a cuyo efecto ofíciese a la Oficina de Liquidación de Haberes de la Municipalidad de General San Martín, Provincia de Mendoza, para la toma de razón y al Banco de la Nación Argentina Sucursal Gral. San Martín, para que cesen los descuentos que por autorizaciones otorgadas por la fallida se efectuaban en la cuenta de ahorro que le pertenece. VI- Ordenar a la fallida y a los terceros que tengan bienes de propiedad de aquella que hagan entrega de los mismos al síndico que intervenga en autos. V- Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido con la prevención de que aquellos serán ineficaces. VI- Ordenar que sea interceptada la...

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