Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 26 de Abril de 2017, expediente FSA 025000626/2007/CA002

Fecha de Resolución26 de Abril de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIAPREVISIONAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “CORDOBA N.S. DEL ROSARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS” Expte.

N°25000626/2007 (Juzgado Federal N° 2 de Salta)

Salta, 26 de abril de 2017.-

VISTO

Y CONSIDERANDO:

1) Que con fecha 13/06/2013 se aprobó la planilla practicada por la actora a fs. 100/105 por el período que va del 01/06/06 al 31/07/12 en la suma de $30.442,86 -con intereses calculados al 30/06/12-. Asimismo, el a quo hizo saber a la demandada que existiendo una sentencia firme y tratándose de una obligación de cumplimiento sucesivo, deberá readecuar el haber de la actora sin necesidad de petición previa (fs. 126/127).

2) La letrada apoderada de la ANSES acompaña informe técnico con la liquidación efectuada en sede administrativa por la suma de $20.858,46 (fs. 128/137). Al expresar agravios sostiene que con el mensual 01/2013 reajustó el haber previsional conforme los parámetros de la sentencia; que la actora no denunció la percepción de la liquidación y que, consecuentemente, tal decisión devino abstracta.

Denuncia además la omisión del descuento correspondiente al impuesto a las ganancias y que no existen en el expediente las constancias a partir de las que la actora calcula el salario activo.

Se agravia de la carga que le produce el mandato impuesto “de reajuste automático” toda vez que su mandante no cuenta con la información de las variaciones salariales de los activos de las distintas reparticiones del Estado Provincial necesarias a dicho fin. Afirma que la orden es de imposible Fecha de firma: 26/04/2017 Firmado por: M.S., SECRETARIA 1 Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA #4188659#169391993#20170426115337083 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta cumplimiento y que las circulares GP 2/2011 y GP 25/2011 disponen otro método que consiste en la simple presentación por parte del titular -en sede administrativa- de las remuneraciones actualizadas expedidas por el ex empleador. Manifiesta que imponer al organismo la carga de obtener la información vulnera el principio de razonabilidad (fs. 141/143).

Corrido el traslado de ley, la actora requiere su rechazo y advierte que la demandada no cumple con las circulares referidas, a cuyos efectos, adjunta copia de las resolución denegatoria de ajuste con motivo de “estar tramitándose en vía judicial” (fs. 152/153).

3) Que conforme surge de los antecedentes de la causa con...

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