Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 12 de Junio de 2018, expediente CAF 016094/2017/CA001

Fecha de Resolución12 de Junio de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 16094/2017 CORDOBA, GISELLE SOLEDAD Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina a los días de junio del año dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para conocer del recurso interpuesto en autos: “C.G.S. y otros c/ EN – M Seguridad - PNA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. P.G.F., dijo:

I.-Que por sentencia de fs. 47/51, la Sra. Jueza de la anterior instancia hizo lugar a la demanda promovida en autos y declaró el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos creados por el Decreto 1307/12 y sus modificatorios 246/13 y 854/13. Asimismo, rechazó la demanda respecto del decreto 853/13. Impuso las costas en el orden causado y aplicó la prescripción bienal.-

II.-Que a fs. 52 apeló la parte demandada y a fs.

54 hizo lo propio la actora, quienes expresaron agravios a fs. 58/62 y 66/70 respectivamente, los que fueron contestados a fs. 72/74 por la actora – no así por la demandada.

A fs. 76 y vta., dictaminó el Sr. Fiscal General y a fs. 77 se llamaron autos para sentencia.-

III.-Que se agravia la demandada en cuanto entiende que los suplementos creados por el Decreto 1307/2012 y sus modificatorios, son particulares y por lo tanto no resultan remunerativos ni Fecha de firma: 12/06/2018 Alta en sistema: 13/06/2018 Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA #29603580#208569027#20180608131123232 bonificables, en tanto solamente los percibe el personal cuya situación se adecua a las circunstancias fácticas establecidas en la norma.-

IV.-Que las cuestiones planteadas por la demandada ya han sido resueltas por esta S. en la causa Nº 37.526/2013 “V.J.L. y otros C/ EN-Mº SEGURIDAD-GN S/ personal militar y civil de las FFAA y de seguridad”, sentencia del 5 de agosto de 2016; y por la Sala I del fuero en los autos “P.J.C. y otros c/EN -M Seguridad- PNA s/ Personal Militar y Civil de las FF.AA. y de Seg.”, sentencia del 17/05/16; y por la Sala III en los autos “Cabrera, D.E. y otro c/EN -M Seguridad- PNA s/ Personal Militar y Civil de las FF.AA. y de Seg.”, sentencia del 12/04/16.-

De...

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