Consorcio Coprop. Edificio Agüero 1268 C/ Danel S.A.C.I.I. S/ Ejecucion de Expensas

Fecha de publicación08 Julio 2010
Fecha de disposición08 Julio 2010
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31940

La UC LXI es una baulera identificada con el Nº 61. Deudas: sujetas a nuevos vencimientos y reajustes de práctica. AySA SA al 14-1-09 $ 23,18 (fs. 248/9); GCBA al.6-1-09 $ 4.472,29 (fs. 253/5); Aguas Argentinas SA al 13-1-09 sin deuda (fs. 268); OSN al 13-1-09 sin deuda (fs. 275); Expensas Comunes al 10-6-10: por capital $ 25.102,92; por intereses $ 49.963,43;

total $ 75.066,35. Expensas mayo 2010 $ 296.(fs. 360/2). De conformidad con el Plenario de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, dictado en autos 'Servicios Eficientes SA c/ Yabra Roberto Isaac s/Ejecución Hipotecaria', de aplicación obligatoria (art. 303 del CPCC), no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas. No cabe una solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13512. Condiciones de Venta: ad corpus, al contado y mejor postor; Base $ 140.000.-;

Seña 30%; Comisión 3%; Sellado de Ley 0,80%;

Arancel Acord. 10/99 CSJN 0,25%; todo únicamente en efectivo en el acto del remate a cargo del comprador, quien a la firma del boleto de compraventa deberá constituir domicilio legal en la Capital Federal, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 133 del Cód., Procesal.

Transcurridos 30 días de celebrada la subasta -con o sin mora-deberá integrarse el saldo de precio con el interés que pague la tasa activa cartera general (préstamo) nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina.

Las posturas que se formulen a partir de la base deberán superar como mínimo en la suma de $ 500.- a la inmediata anterior. Se hace saber que la compra podrá ser realizada a través de mandato verbal o tácito en,los términos de la Acordada 1016 de la Excma. Cámara Nacional en lo Civil del 10 de junio de 2003. No procederá la compra en comisión ni la cesión del boleto de compraventa o cualquier otro negocio que importe sustituir al comprador en subasta. Tampoco se admitirá la actuación en estos obrados del eventual cesionario del inmueble subastado. Se hace constar que habiendo fallecido el demandado Ernesto José Salas, su heredera Elsa Elena Vázquez (fallecida) y la heredera de esta última, Elba Elisa Vázquez (fallecida), no habiéndose iniciado hasta la fecha su sucesión, se han presentado a estar a derecho sus hijos Francisco José Azcoaga y María Marta Lucía Azcoaga. La titularidad del inmueble a rematar figura a nombre del causante en la proporción del 100% indiviso, y los trámites tendientes a la transferencia e inscripción del bien a los nuevos titulares, una vez celebrado el remate, estará a cargo del comprador en subasta. Exhibición: 12 y 13 de Julio de 2010 de 15 a 17 horas.

Buenos Aires, 5 de julio de 2010.

Silvia C. Vega Collante, secretaria.

e. 07/07/2010 Nº 75224/10 v. 08/07/2010 Nº 41

El Juzg. Nac. de 1ª Inst. en lo Civil Nº 41, Sec.

Unica sito en Uruguay 714, Piso 1º de Cap. Fed.

comunica por 2 días en los autos 'Caja de Créditos Versailles Coop. Ltda. c/Agostino José Luis s/Ejucion Hipotecaria' Expte Nº 10.833/1990 que el martillero Horacio N. Rodríguez Amoedo rematará el 14/07/10 a las 11,15hs en Jean Jaures 545 de Cap. Fed. una fracción de campo inculto, sin mejoras, sito en la Provincia de Mendoza, depto: Rivadavia, Dto: El Mirador: Polígonos: I-II-III-IV-V-VI-VII. Matrícula 242293 inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo el Nº 37400, folio 417, del tomo 47E del Dto. De Rivadavia, con una sup. de mil seiscientas ocho hectáreas, siete mil docientos setenta y ocho con cero seis decimietros cuadrados., con acceso por la calle Los Guindos, S/N. A unos siete Km al Sur del Canal de Los Andes. No cuenta con derecho de riego.- Adeuda impuesto inmobiliario $523,70 fs 882, Base U$S 10.000.- Seña 30%, Comisión 3% mas IVA, Tasa acordada 24/00 CSJN 0,25%. Sellado fiscal Pcia Mendoza 1,25% cada parte (Ley 7180 Mendoza, art.

art. 8 inc. C, al contado, en efectivo y al mejor postor. El comprador deberá constituir domicilio legal dentro del radio de Cap. Fed. y depositar el saldo de precio en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Tribunales, en la cuenta de autos (art. 580 del código procesal). En el supuesto en que la oportunidad citada precedentemente no fuese dentro del mes de efectuada la subasta deberá abonarse el saldo del precio, con independencia de la actitud que pudieran haber asumido las partes, con más el interés que se devengue hasta el momento del efectivo pago a la tasa pasiva que autoriza el decreto 941 del PEN. No corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas, no cabe solución análoga respecto de las expensas comunes 'Servicios Eficientes S.A. c/Yabran s/Ejecutivo'.

En el caso de las ejecuciones hipotecarias: la venta quedará perfeccionada una vez pagado el precio y realizada a tradición a favor del comprador. El pago se podrá realizar directamente al acreedor quien deberá depositar el remanente dentro del quinto día de verificado el cobro.

Si el acreedor tuviere la tenencia del inmueble subastado; podrá entregarla directamente al comprador, caso contrario será entregado con intervención del juez. La protocolización de las actuaciones será extendida por intermedio del escribano designado por el comprador, sin que sea necesaria la comparencia del ejecutado. No procederá la compra en comisión ni la indisponibilidad de los fondos de la subasta. Asimismo, no se admitirá la cesión del boleto de compraventa en estos autos o cualquier otro negocio que importe sustituir al comprador en subasta.Hágase saber que a fin de evitar la abstención de los posibles interesados a hacer propuestas en la subasta decretada, no se autoriza a llevar a cabo la realización de una segunda subasta en forma simultánea con la base modificada, ello por cuanto, el fracaso de aquélla afecta no sólo los intereses del ejecutante al no ver posibilidad de satisfacer su crédito, sino también el interés de la jurisdicción, en nombre de la cual se ejecuta el acto (conf. art. 61 ley 24.441).

Exhibe libremente dadas sus características.

A los efectos de orientar su acceso TE 43748731/2397 o consultar en autos.

Buenos Aires, 1 de julio de 2010.

Luis R. J. Sáenz, secretario.

e. 07/07/2010 Nº 74722/10 v. 08/07/2010 Nº 60

El Juzgado Nacional de Primera...

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