COPELLO SOCIEDAD DE BOLSA

Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2014

COPELLO SOCIEDAD DE BOLSA

SOCIEDAD ANONIMA

Por escritura Nº 10 del 16/01/2014 Esc. Carlos I. Allende Registro Nº 1495, se instrumentó el Acta de Asamblea de fecha 21/11/2013 de COPELLO SOCIEDAD DE BOLSA S.A., por la cual se resolvió: 1) cambiar la denominación social de la sociedad de COPELLO SOCIEDAD DE BOLSA S.A. a COPELLO SB S.A. y modificar el art. Primero del Estatuto Social; 2) cambiar el objeto social de la sociedad, el cual quedo redactado de la siguiente manera: “ARTICULO CUARTO”: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta república, o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades: a) COMERCIALES: I. De agente de negociación, de conformidad a lo dispuesto por la ley 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de la Negociación de los Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores. II. De agente de liquidación y compensación y Agente de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y de sus clientes, siendo responsable del cumplimiento ante los Mercados y/o Cámaras compensadoras de las obligaciones propias y de sus clientes. III. De agente de liquidación y compensación y Agente de negociación Integral, de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de desarrollar las actividades propias de los agentes de negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (Colocación primaria y negociación secundaria) registradas para cartera propia y sus clientes, como así también prestar el mencionado servicio de liquidación y compensación de operaciones a otros Agentes de negociación registrados ante la Comisión Nacional de Valores, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de...

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