Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 19 de Octubre de 2017, expediente COM 041572/2014/CA001

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 41572/2014 COOPERATIVA DE TRABAJO SEGURIDAD Y VIGILANCIA LTDA. c/ CONSORCIO ART TOWER s/ORDINARIO.

Buenos Aires, 19 de octubre de 2017.

En atención a la naturaleza, importancia y extensión de las tareas realizadas, y las etapas procesales efectivamente cumplidas, confírmase el estipendio regulado en fs. 759/759 en $ 600 (pesos seiscientos) para el perito contador, H.M.F..

Redúcense los honorarios allí fijados a $ 4.680 (pesos cuatro mil seiscientos ochenta) para el mediador, S.J. de Arizabalo; a $

17.400 (pesos diecisiete mil cuatrocientos) para el letrado apoderado de la actora, H.M.B.P.; y a $ 15.800 (pesos quince mil ochocientos)

para el letrado patrocinante del demandado, J.I.T..

Por la incidencia resuelta en fs. 755/756, y por estar apelado solo por alto, confírmase el emolumento regulado en fs. 758/759 en $ 3.000 (pesos tres mil) para el letrado patrocinante del demandado, J.I.T.

(arts. 6, 7, 9, 19, 33, 37 y 38 de la ley 21.839; Decreto N° 2536/2015 y cpr.

478).

Cúmplase con la comunicación ordenada por la Corte Suprema de Fecha de firma: 19/10/2017 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.D.F., PROSECRETARIO DE CAMARA...

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