Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Abril de 1997, expediente B 52218

PresidenteLaborde-Negri-San Martín-Hitters-Pisano
Fecha de Resolución29 de Abril de 1997
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a veintinueve de abril de mil novecientos noventa y siete, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresL., N., S.M., Hitters, P., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 52.218, "Cooperativa Halcón Vivienda Ltda. contra Provincia de Buenos Aires (Dirección Provincial de Rentas). Demanda contencioso administrativa".

A N T E C E D E N T E S

  1. La Cooperativa Halcón de Viviendas Limitada promueve demanda contencioso administrativa impugnando las resoluciones nros. 3752/86 y 116/87 de la Dirección Provincial de Rentas por las que se desestimó su petición de eximición del impuesto a los ingresos brutos y se rechazó, por extemporáneo, el recurso que interpusiera contra tal denegatoria. Impugnó, asimismo, la resolución nº 4674/88, por la que el Tribunal Fiscal de Apelaciones rechazó el recurso de apelación deducido contra la resolución antecedente.

    Sostuvo el actor que no tuvo conocimiento del texto de la resolución primera sino hasta la fecha en que se notificó personalmente de la misma y dedujo recurso de reconsideración por lo que, a su juicio, las resoluciones nros. 116/87 y 4674/88, en tanto tienen por válida la notificación de la denegatoria practicada por carta certificada y por extemporáneo el recurso interpuesto, son nulas. Sobre esta base, solicita que se declare interpuesto en tiempo y forma el recurso contra la resolución primera y se resuelva el fondo de la cuestión, con costas.

  2. Corrido el traslado de ley, se presenta en autos la Fiscalía de Estado a contestar la demanda, solicitando su rechazo, con costas.

  3. Agregadas las actuaciones administrativas sin acumular, única prueba ofrecida por las partes, y glosados los alegatos, la causa quedó en estado de dictar sentencia, decidiéndose plantear y votar la siguiente

    C U E S T I O N

    ¿Es fundada la demanda?

    V O T A C I O N

    A la cuestión planteada, el señor J. doctorL. dijo:

  4. De las actuaciones administrativas agregadas sin acumular a la causa surgen las siguientes circunstancias útiles para su decisión:

    1) La Cooperativa Halcón de Vivienda Limitada solicitó el Director Provincial de Rentas que se la eximiera del pago del impuesto a los ingresos brutos por entender que no realizaba ninguna actividad lucrativa (fs. 1 del expte. 2306-6881/85).

    2) Con fecha...

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