Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 22 de Mayo de 2013, expediente Rl 117267

PresidenteSoria-Hitters-Genoud-Pettigiani
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2013
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

L117267- "COOPERATIVA ELECTRICA Y DE TECNIFICACION RURAL AGROPECUARIA PARADA ROBLES LTDA. C/ ARANDA OSCAR RAMON S/ EXCLUSION TUTELA SINDICAL".

//Plata, 22 de Mayo de 2013.

AUTOS Y VISTO:

  1. El Tribunal del Trabajo del Departamento Judicial Zárate-Campana, con asiento en la ciudad de Z., hizo lugar a la demanda de exclusión de tutela sindical promovida por Cooperativa Eléctrica y de Tecnificación Rural Agropecuaria Parada Robles Limitada contra O.R.A., a fin de que la actora proceda al despido del accionado por las causas oportunamente invocadas (fs. 153/155 vta.).

    Ante lo así decidido, el legitimado pasivo interpuso recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley (fs. 161/165 vta.), los que fueron concedidos a fs. 173.

  2. Al respecto, es dable señalar que tiene dicho esta Corte que los pronunciamientos que hacen lugar a la exclusión de la tutela sindical no constituyen sentencia definitiva a los fines de la admisibilidad de los recursos extraordinarios previstos en la Constitución local, desde que no decide la suerte o existencia del derecho de fondo debatido al comprender sólo el primer tramo del procedimiento legalmente instituido para la dilucidación del derecho afectado que se invoca (conf. doct. causas L. 116.896, "Ford Argentina S.C.A", resol. del 5-IX-2012; L. 114.910, "Fate S.A.I.C.I.", resol. del 14-IX-2011; L. 112.586, "Municipalidad de M.", resol. del 10-XI-2010).

    Por ello,se declaran mal concedidos los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley deducidos (arts. 278, 296, 297 y concs., C.P.C.C.; 63, ley 11.653).

    R., notifíquese y devuélvase.

    DANIEL FERNANDO SORIA

    JUAN CARLOS HITTERS LUIS ESTEBAN GENOUD

    EDUARDO JULIO PETTIGIANI

    GUILLERMO LUIS COMADIRA

    Sec...

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