Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 17 de Julio de 2015, expediente COM 032477/2009

Fecha de Resolución17 de Julio de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación COOPERATIVA DE CREDITO CONS. Y

VIV. LA ESMERALDA LTDA. c/ POLICLINICO REGIONAL AVELLANEDA S.A.

s/ORDINARIO Expediente N° COM 32477/2009/CA2 Juzgado N° 9 Secretaría N° 17 Buenos Aires, 17 de julio de 2015.

Y VISTOS:

  1. Agréguense los escritos que anteceden.

  2. Viene apelada la sentencia definitiva dictada en autos y en el expediente “Danico S.R.L. S/ Concurso Preventivo s/ Incidente de revisión de Crédito Consumo y Vivienda la Esmeralda Limitada”.

Esta Sala tomó intervención en las presentes actuaciones en ocasión de pronunciarse sobre la acumulación de ambos procesos (v. fs.

349).

Allí se decidió, en lo que ahora interesa, confirmar la resolución de fs. 311/313 que había dispuesto que ambas causas tramitaran ante el juzgado del concurso preventivo de Danico S.R.L.

En tales condiciones, siendo que en ese proceso universal interviene la colega Sala F, corresponde ofrecerle jurisdicción para entender también en las presentes actuaciones.

No se ignora que, al tiempo de dictar el pronunciamiento de fs.

349, pudo haberse soslayado tal circunstancia. Sin embargo, lo cierto es que, en esa oportunidad, el Tribunal se atuvo a decidir acerca de la acumulación de los procesos, prius lógico que necesariamente habría de incidir en la radicación posterior de la causa, extremo que se verifica en este estado y que no puede ser pasado por alto.

COOPERATIVA DE CREDITO CONS. Y

VIV. LA ESMERALDA LTDA. c/ POLICLINICO REGIONAL AVELLANEDA S.A.

Fecha de firma: 17/07/2015 s/ORDINARIO Expediente N° 32477/2009 Firmado por: R.F.B...

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