CONVOCATORIAS - CONVOCATORIA A ELECCIONES S.O.T.E.L.S.Y.M.

Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2017

Conforme lo resuelto por la Comisión Directiva del Sindicato Obrero de Trabajadores de Empresas de Limpieza, Servicio y Maestranza Mendoza (S.O.T.E.L.S.y.M.) se notifica a todos sus afiliados que de conformidad con lo establecido por los arts. 48,49,50, 51, ss y cc del Estatuto de esta entidad gremial se convoca a elecciones generales para cubrir los cargos de todos los miembros de la Comisión Directiva: un (1) Secretario General , un (1) Secretario Adjunto , un (1) Secretario Gremial , un (1) Secretario Tesorero , un (1) Secretario de Actas, un (1) Secretario de Acción Social, 3 ( tres) Vocales Titulares y 3 ( tres) Vocales Suplentes .- Las elecciones para elegir nuevas autoridades para un período de cuatro años (2017-2021) se llevarán a cabo el día 10 de Noviembre de 2017 y en los siguientes lugares se habilitarán urnas: 1) Montevideo 250 Ciudad, Mendoza. 2) French 22 San Martin, Mendoza. 3) Uruguay 227 Tunuyan, Mendoza.4) Santa Fe 399 San Rafael, Mendoza en el horario corrido de 09:00 a 18:00 hs..- La elección se realizará mediante el voto secreto y personal de todos los afiliados en uno solo acto y en un mismo día.- La Junta Electoral designada en Asamblea General Extraordinaria del día 26 de setiembre de 2017 atenderá los días lunes, miércoles y viernes de cada semana en horario de 09:00 hs a 11:00 hs en la sede sindical sito en calle Montevideo 250, subsuelo, Ciudad, Mendoza donde se exhibe el padrón electoral para las elecciones de todos los miembros de comisión directiva (Art.52 cc. y ss. del Estatuto sindical, Ley 23.551, Dec. Regl. 467/88). El plazo máximo para presentar listas es el día 13 de octubre de 2017 hasta las 24 hs. ARTICULO 51º: La elección se realizara por el sistema de lista completa y el voto será obligatorio, secreto y directo de todos los afiliados no afectados por las inhabilitaciones establecidas en la ley o en este Estatuto, siempre que tenga una antigüedad no menor de (6) seis meses a la fecha del acto eleccionario. ARTICULO 53º: Las listas de candidatos deberán ser presentados por triplicado ante la Junta Electoral, por intermedio de un apoderado designado al efecto por los...

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