CONVOCATORIAS - ASOCIACIÓN BANCARIA - CONVOCATORIA A ELECCIONES

Fecha de la disposición 7 de Febrero de 2020

CONVOCATORIA A ELECCIONES DE DELGADOS GENERALES Y COMISIONES GREMIALES INTERNAS DE LA ASOCIACIÓN BANCARIA. Convocatoria a Elecciones dispuesta por el Secretariado de la Seccional Mendoza, de la Asociación Bancaria en su reunión del día 28 de enero de 2020, según Acta Nº 194. Mendoza, 06 de febrero de 2020. VISTO: Lo prescrito por la Ley 23551, su Decreto Reglamentario N° 467/88, las disposiciones del Estatuto Social de la Organización Gremial (Art. N° 94, 95 y 96), la Resolución N° 01/2019 de la Junta Electoral Nacional y considerando la necesidad de proceder a la elección de los representantes gremiales, el Secretariado de la Asociación Bancaria Seccional Mendoza, en uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 87° del Estatuto: RESUELVE: 1° Convocar a elecciones de todos los trabajadores bancarios (afiliados o no) afectados a los Bancos: SUPERVIELLE S.A., COMAFI S.A. y BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR, pertenecientes a esta Seccional para el día 21 de abril de 2020, entre las 08:00 horas y las 18:00 horas. La presentación de listas ante la Junta Electoral Local vence a las 18 horas del día 02 de marzo de 2020. 2° En las elecciones citadas en el artículo precedente, se procederá mediante el sistema de lista completa y los electores deberán elegir por voto directo y secreto: DELEGADO/S GENERAL/ES TITULAR/ES, DELEGADO/S GENERAL/ES SUPLENTES que los representarán y MESA EJECUTIVA cuando corresponda (Art. 94 del Estatuto). El índice de proporcionalidad para la designación de Delegado/s General/es Titular/es y Delegado/s General/es Suplente/s será de: 1) de 10 a 50 trabajadores: 1 Delegado General Titular y 1 Delegado Suplente; 2) de 51 a 100 trabajadores: 2 Delegados Generales Titulares y 2 Delegados Suplentes; 3) de 101 trabajadores en adelante 1 Delegado General Titular y 1 Delegado Suplente más cada 100 trabajadores o fracción; 4) Se podrá conformar la Mesa Ejecutiva, según Art. 94 de nuestro Estatuto, teniendo en cuenta la cantidad de electores informados por las empresas en los padrones correspondientes, suministrados oportunamente. Las Mesas Ejecutivas deberán integrarse con un (1) Secretario General Titular, un (1) Secretario Adjunto Titular, y cuatro (4) Vocales Titulares. Las Mesas Ejecutivas Suplentes estarán conformadas por seis (6) Vocales. Las mismas deberán integrase con un mínimo de cuatro (4) Titulares y cuatro (4) Suplentes y con un máximo de seis (6) Titulares y seis (6) Suplentes (Art. 94 del Estatuto). Los...

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