Convenio N° 5/GCABA/06

FirmantesTelerman - Ballestrin - Salabarren
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONVENIO N° 5/ GCABA/ 06

ACTA ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - AV. CALLAO 1521 - DEPARTAMENTO CERTIFICACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS - SISTEMA DE TRÁMITE DE HABILITACIONES DE ACTIVIDADES COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS

Buenos Aires, 17/03/2006

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 17 días del mes de marzo del año 2006, el Colegio Público de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante el C.E.C.B.A., representado en este acto por su señor Vicepresidente escribano Horacio Francisco Ballestrin y el señor Secretario escribano Rubén Gregorio Salaberren, constituyendo domicilio en la calle Callao 1542, por una parte, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante G.C.A.B.A., representado en este acto por el señor Jefe de Gobierno, Sr. Jorge Telerman, constituyendo domicilio en la Av. de Mayo 525, proceden a celebrar el presente acuerdo que se regirá por las cláusulas y condiciones que a continuación se detallan, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 18/12/98, se firmó entre el G.C.A.B.A. y el C.E.C.B.A. un convenio de colaboración para la instrumentación del sistema de trámite de habilitaciones de actividades comerciales, industriales y de servicios, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, al cual en adelante se referirá como el Convenio;

Que con fecha 28 de marzo de 2005, mediante Resolución N° 108, -comunicada al G.C.B.A. mediante Registro N° 1.880-AJG/05-, el C.E.C.B.A. y de acuerdo a lo estipulado en su cláusula novena del convenio suscripto con el G.C.A.B.A., notificó la denuncia del mismo la cual rigió a partir del 31 de diciembre de 2005;

Que resulta necesario establecer pautas que permitan a las partes adoptar las acciones y los mecanismos necesarios a fin de darle tratamiento y un cese definitivo a las cuestiones pendientes a la fecha de denuncia;

Que a tal efecto, las partes proceden a elaborar y celebrar el presente acuerdo a fin de regular las obligaciones pendientes de cumplimiento exigibles en fecha posterior a la de la denuncia;

Que el presente acuerdo importa una manifestación expresa de la total colaboración de las partes a fin que el cese del convenio operado no repercuta en forma negativa en los ciudadanos, ni implique una negativa...

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