Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL, 8 de Mayo de 2017, expediente FRO 042000082/2006

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B P./Int. Rosario, 8 de mayo de 2017.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente n° FRO 42000082/2006/CA1 “Editorial Diario La Capital S.A. c/ AFIP-Aduana Rosario s/

Demanda Contenciosa Infracción Ley 11.683” (originario del Juzgado Federal N°

4, Secretaría nº 2, de esta ciudad), del que resulta que:

La Dra. A.I.G., solicita que se regulen los honorarios profesionales correspondientes a su participación en el trámite de la presente ante esta Alzada (fs. 277).

Las actuaciones tramitaron ante esta Sala “B” en virtud de la apelación deducida por los Dres. M.S.B., H.L.F.A. y J.G.D. en representación de la AFIP-DGA (fs. 259)

contra la sentencia del 28-08-2015, que hizo lugar a la demanda contenciosa deducida y revocó la Resolución n° 663/05 dictada por el Administrador de la Aduana Rosario en el marco del Sumario SA nº 52-016/2001.

Por Acuerdo P./Def del 29-11-2016 se resolvió confirmar la U sentencia apelada en lo que fue materia de recurso, con costas a la recurrente vencida (fs. 273/275).

Dispuesto el pase de las actuaciones al Acuerdo (fs. 278), quedaron los presentes en condiciones de resolver.

Y Considerando que:

  1. ) Corresponde en esta instancia efectuar la regulación que se solicita en cuanto a lo actuado ante esta Alzada por la Dra. A.I.G. en representación de Editorial Diario “La Capital” S.A..

  2. ) De acuerdo a lo dispuesto por el art. 14 de la ley 21.839 y las demás pautas de valoración contenidas en el art. 6° de ese texto legal, se estima adecuado fijar los honorarios profesionales en el trámite del recurso en el mínimo legal establecido en el veinticinco por ciento (25%) de la cantidad que...

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