CONTRATOS SOCIALES - VGS WEIMAR SAS

Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2020

VGS WEIMAR SAS. Mediante instrumento privado con firma certificada de fecha 02 de septiembre de 2020. 1.- Socios: NORMA SONIA VILLEGAS, DNI Nº 17.098.259, CUIT Nº 27-17098259-8, de nacionalidad Argentina, nacida el 13-04-1964, profesión comerciante, estado civil divorciada, con domicilio en calle Alcides Guiñazu 526, DEPARTAMENTO de LUJAN DE CUYO, PROVINCIA DE MENDOZA, constituyendo dirección electrónica normasoniavillegas@gmail.com y VICTOR CIRILO QUINTANA, DNI Nº 18.201.346, CUIL Nº 20-18201346-4, de nacionalidad Argentino, nacido el 27-08-1967, profesión comerciante, estado civil soltero, con domicilio en calle Alcides Guiñazu 526, DEPARTAMENTO de LUJAN DE CUYO, PROVINCIA DE MENDOZA, constituyendo dirección electrónica victux.67@gmail.com 2.- Denominación “VGS WEIMAR SAS”. 3.- Sede social: calle Tupac Amaru 197, PB, A, del Departamento de Godoy Cruz, de la Provincia de Mendoza. 4.- Objeto (a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Industrias manufactureras de todo tipo; (d) Culturales y educativas; (e) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (f) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (g) Inmobiliarias y constructoras; (h) Inversoras, financieras y fideicomisos, (i) Petroleras, gasíferas, forestales, mineras y energéticas en todas sus formas; (j) Salud; (k) Seguridad Privada, Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, casas particulares, espectáculos, certámenes o convenciones. La protección de personas determinadas previa autorización correspondiente.- Deposito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulos, valores y demás objetos que , por su valor económico y expectativas que generen, o por su peligrosidad, puedan requerir protección especial, sin perjuicio de las actividades propias de las entidades financieras.- El transporte y distribución de los objetos a que se refiere el apartado anterior a través de los distintos medios, realizándolos, en su caso, mediante vehículos cuyas características sean determinadas por el ministerio del interior, de forma que no puedan confundirse con los de las Fuerzas Armadas ni con los de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad. Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad. Explotación de centrales para la recepción, verificación...

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