CONTRATOS SOCIALES - MIS SUEÑO S.R.L.

Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2021

CONTRATO DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: Quienes suscriben e intervienen por si, en su propio derecho, el señor Postigo, Mario Enrique, D.N.I. 16.278.085, Cuit 23-16278085-9, Argentino, estado civil, separado, de profesión comerciante, nacido el 15/05/1963, con domicilio en Bº Cementista 2 Mza C Duplex 7, Las Heras, Mendoza y Guevara, Sandra del Carmen, D.N.I. 20.584.157, Cuit 27-20548157-0, de profesión comerciante, divorciada, nacida el 03/06/1969, con domicilio en Bº Huarpes Mza B Casa 13, Gobernador Benegas, Godoy Cruz, Mendoza. EXPRESAN: CLAUSULA PRIMERA: Que han decidido constituir una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA en la República Argentina que se regirá por las disposiciones del Estatuto que a continuación se dicta y supletoriamente por la ley 19.550, sus modificatorias y demás leyes y reglamentos vigentes. -CLAUSULA SEGUNDA: Que la sociedad constituida se regirá por el siguiente ESTATUTO: ARTÍCULO PRIMERO: DENOMINACION Y DOMICILIO- La sociedad se denomina “MIS SUEÑO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” y tendrá su domicilio social, fiscal y legal en la jurisdicción de la provincia de Mendoza, pudiendo establecer sucursales, agencias o representaciones en cualquier lugar de la República Argentina y del Exterior. -ARTÍCULO SEGUNDO: DURACIÓN- Su duración es de NOVENTA Y NUEVE años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. - ARTÍCULO TERCERO: OBJETO- La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o por cuenta de terceros o bien asociada la entidad a terceros, sean personas físicas o jurídicas y tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: administración y explotación de establecimientos geriátricos con y sin discapacidad. Ejercicio de la actividad geriátrica bajo el régimen de pensionado y/o ambulatorio, ya sea transitorio o permanente, con o sin atención médica contratada al efecto, como, asimismo, su asistencia de enfermería y demás auxilios que hagan a la higienización, convivencia y esparcimiento de los internados y/o ambulantes, ejercida por profesionales con título habilitante. Atención especializada a discapacitados y personas mayores sin hogar. Atención de todo lo relacionado con la parte asistencial de los residentes y ambulatorios. Instalación, explotación, compra, venta y dirección comercial y administrativa de establecimientos geriátricos en forma directa o mediante el sistema de abono a particulares, obras sociales y/o mutuales. Preparación, distribución y comercialización de medicamentos y comidas adecuadas a los distintos tipos de necesidades nutricionales; importadora y exportadora por cuenta propia o de terceros. ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL- El capital social es de PESOS CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000), dividido en CIEN CUOTAS SOCIALES (100) de PESOS MIL ($4.000) cada una en valor nominal. ARTÍCULO QUINTO: CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES- Las cuotas de capital, no podrán ser cedidas a extraños a la sociedad sino mediante la aprobación y conformidad de la...

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