CONTRATOS SOCIALES - PROCON S.R.L. - LAUGERO CONSTRUCCIONES S.A. U.T.

Fecha de la disposición14 de Mayo de 2018

“PROCON S.R.L. - LAUGERO CONSTRUCCIONES S.A. - U.T.”. Comunicase la constitución de una Unión Transitoria. Las empresas PROCON S.R.L., con domicilio en Catamarca 65, 1er. Piso, Oficina 1 de la ciudad capital de Mendoza; CUIT N° 30-58987153-3, representada en este acto por sus socios gerentes Sres. JUAN CARLOS AZOR, D.N.I. N° 11.728.660 y OCTAVIO CRISTIAN GARCIA, D.N.I. N° 21.828.093 y LAUGERO CONSTRUCCIONES S.A., con domicilio en calle Dorrego 45 esq. 25 de Mayo, Guaymallén, Mendoza; CUIT N° 30-67980637-4, representada en este acto por el presidente de su directorio, Sr. ALBERTO PABLO LAUGERO, D.N.I. N°6.434.895,, declaran lo siguiente: 1º) Que vienen a constituir una UNION TRANSITORIA a los fines de licitar, contratar y ejecutar la obra “CONSTRUCCION 1° ETAPA AMPLIACION Y REFUNCIONALIZACION HOSPITAL T. SCHESTAKOW –Expte. Nº EX-2018-00135666-GDEMZA-MESA#MEIYE”; Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía – Subsecretaría de Infraestructura – Gobierno de Mendoza; asumiendo las obligaciones emanadas de la licitación, sin perjuicio de las responsabilidades individuales. 2º) Que conforme las resoluciones adoptadas por el órgano social de Procon S.R.L. y por el directorio de Laugero Construcciones S.A., todos asumen responsabilidad solidaria ante el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía – Subsecretaría de Infraestructura – Gobierno de Mendoza por los servicios objeto de la contratación declarada en el punto anterior. 3º) Que a los fines de regular los derechos y obligaciones de las empresas, derivadas de su participación en la ejecución de la obra, se hace necesario proceder al dictado de las normas pertinentes. 4º) Que cada una de las “empresas” conforme a lo dispuesto por el artículo 1464, inciso d) del Código Civil y Comercial de la Nación, denuncian sus datos de inscripción registral y las resoluciones de los órganos sociales que aprobaron la celebración de esta unión transitoria, según el siguiente detalle: a) Procon S.R.L., 1) inscripta a fs. 1 del Legajo 3533 del Registro Público de Sociedades de Responsabilidad Limitada y bajo la matrícula N°20.775 P según Resolución N° 2739 de fecha 06/11/2012 dictada por la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Mendoza; 2) resolución de socios del día 03 de abril de 2018, Acta N° 387; y b) Laugero Construcciones S.A., 1) inscripta a fs. 1/9 y fs. 10/15 del Legajo 5387 del Registro Público de Sociedades Anónimas con fecha 11/08/2000; 2) resolución de directorio del día 07 de marzo de 2018, y convienen: ARTICULO PRIMERO: (Objeto) El objeto es regular la prestación en la licitación, contratación y ejecución de la obra “CONSTRUCCION 1° ETAPA AMPLIACION Y REFUNCIONALIZACION HOSPITAL T. SCHESTAKOW –Expte. Nº EX-2018-00135666-GDEMZA-MESA#MEIYE”; Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía – Subsecretaría de Infraestructura – Gobierno de Mendoza. Este convenio tiene por finalidad establecer las modalidades de administración y ejecución, como asimismo, los derechos y obligaciones de las empresas intervinientes. ARTICULO SEGUNDO: (Denominación – Domicilio) La UT se denominará “PROCON S.R.L. - LAUGERO CONSTRUCCIONES S.A. - Unión Transitoria (U.T.)”, en adelante la UT. Tiene domicilio especial y fiscal en en calle Dorrego 45, Guaymallén, Mendoza. ARTICULO TERCERO: (Participaciones y medios) Las erogaciones que demande la ejecución de la obra, así como los beneficios que reporte, serán soportados y distribuidos, respectivamente, entre las empresas participantes en la proporción del 50% para cada una de ellas. ARTICULO...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR