CONTRATOS SOCIALES - MALEN S.A.S.

Fecha de la disposición30 de Enero de 2020

MALEN S.A.S. Comuníquese la constitución de una Sociedad por Acciones Simplificada por instrumento privado, de fecha 27/01/2020 conforme las siguientes previsiones: CLAUSULA PRIMERA – CAUSA Y CONSENTIMIENTO. El señor Diego Martín DE LA ROSA en calidad de único socio fundador, ha resuelto constituir una SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA – UNIPERSONAL en la República Argentina que se denomina “MALEN S.A.S.” y se regirá conforme lo dispuesto en su Estatuto Social. CLÁUSULA SEGUNDA – ESTATUTO SOCIAL. Artículo 1 – Derecho aplicable. 1.1. La presente Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) se regirá en primer término por lo dispuesto en el Estatuto, en todo lo que no afecte normas legales imperativas y/o de orden público que le son aplicables conforme el Título III de la ley 27.349. En lo que no estuviere previsto en el presente contrato, se aplicarán supletoriamente las normas previstas para las Sociedades de Responsabilidad Limitada y disposiciones generales de la Ley General de Sociedades N° 19.550, t.o. 1984 y sus modificatorias vigentes (en adelante LGS) o la Ley que en el futuro la sustituya. 1.2. En todo lo demás que no estuviere previsto en el presente contrato ni en la Ley General de Sociedades, se aplicarán las normas de Derecho Privado y reglamentos vigentes, conforme las reglas generales en la materia y las pautas de la analogía. Artículo 2. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina “MALEN S.A.S.” y tiene su domicilio legal y sede social en la ciudad de Mendoza, cito en calle Av. España 1248 6to piso oficina 77, Capital, Mendoza, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero. Artículo 3. Duración: El plazo de duración de la sociedad es de noventa y nueve años (99), contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado o, en su caso reconducido, por decisión del Órgano de Gobierno, conforme a las prescripciones legales sobre la materia.Artículo 4. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades a) Comerciales: creación, diseño y comercialización de bienes y servicios de computación, instalación de sistemas, asesoramiento profesional, y toda actividad relacionada directa o indirectamente con la computación; b) Mandatos: podrá asimismo la entidad ejercer con fines lucrativos todo tipo de mandatos lícitos en función de poderes otorgados por terceros, gestiones de negocios, administraciones y que pueden en su caso implicar expresamente actos de disposición de bienes de terceros, representación de franquicias...

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