CONTRATOS SOCIALES - JADEM SOCIEDAD ANÓNIMA

Fecha de la disposición16 de Marzo de 2018

JADEM SOCIEDAD ANÓNIMA De conformidad a lo prescripto por el artículo 10, inciso a) de la Ley 19.550 comunicase la constitución de una sociedad anónima, conforme con las siguientes cláusulas: 1) SOCIOS: el Señor Diego Hernán GUILLERAT FRANCO, argentino, con Documento Nacional de Identidad número 40.220.988, CUIT N° 20-40220988-8, nacido el 23 de enero de 1997, de veintiún años de edad, quien declara ser comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en calle Barrio Cerro de la Capilla Manzana 5, Casa 10, El Challao Las Heras, provincia de Mendoza, y la Señora Julieta Yanina GUILLERAT FRANCO, argentina, con Documento Nacional de Identidad número 40.220.987, CUIT N° 27-40220987-4, nacida el 23 de enero de 1997, de veintiún años de edad, quien declara ser comerciante, de estado civil soltera, con domicilio en calle Barrio Cerro de la Capilla Manzana 5, Casa 10, El Challao Las Heras, provincia de Mendoza; ambos mayores de edad, hábiles, 2) ACTA CONSTITUTIVA: a los cinco días del mes de marzo del año Dos mil Dieciocho, por escritura número once, del registro notarial Nº 908 de Capital, Provincia de Mendoza, a cargo de la escribana pública MARÍA VIRGINIA TERK. 3) RAZON SOCIAL Que por el presente instrumento dejan formalizada la constitución de una sociedad anónima que se denominará “JADEM SOCIEDAD ANÓNIMA”. 4) DOMICILIO SOCIAL: Que a los efectos de lo dispuesto por el Artículo 11, inciso 2 de la Ley 19.550, fijan domicilio de la Sede Social, Fiscal y Legal, en calle Peru n° 1.459, Ciudad, Mendoza, provincia de Mendoza. 5) OBJETO SOCIAL TERCERO: A) HOTELERA: El objeto principal de la Sociedad es la explotación de la industria hotelera y la administración directa o indirecta de hoteles.- 6) DURACION: Su duración será de noventa y nueve años a partir de la fecha de la inscripción en el Registro Público de Sociedades Anónimas. 7) CAPITAL SOCIAL: El Capital social se fija en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000) representado por UN MIL QUINIENTAS (1.500) acciones de PESOS CIEN ($100) de valor nominal cada una. Las acciones serán ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción. Las acciones o certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones de los artículos 211 y 212 de la Ley 19550 y serán firmadas por el Presidente. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. El Capital Social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme...

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