CONTRATOS SOCIALES - IFINANCE GROUP S.A.S.
Fecha de la disposición | 26 de Abril de 2019 |
"IFINANCE GROUP S.A.S. Este CONTRATO DE SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA se celebra en CIUDAD, CAPITAL, provincia de Mendoza, República Argentina, el 22 de Marzo de 2019 entre las siguientes Partes: SOCIO: González Mario Jesús, con documento DNI 11827270, con clave de identificación 20-11827270-7, de nacionalidad ARGENTINA, con fecha de nacimiento el 07 de enero de 1955, estado civil casado, de profesión comerciante y con el siguiente domicilio: Perú 2854, piso 8, dpto. 2 SOCIO: Camponovo Osvaldo Jorge, con documento DNI 14526481, con clave de identificación 20-14526481-3, de nacionalidad ARGENTINA, con fecha de nacimiento el 18 de noviembre de 1961, estado civil divorciado, de profesión comerciante y con el siguiente domicilio: Necochea 473, piso 1, dpto.3. Las Partes acuerdan constituir una Sociedad por Acciones Simplificada que se regirá por las disposiciones de la Ley N° 27.349 y modificatorias y por las siguientes: I. ESTIPULACIONES. ARTICULO 1°. Denominación y domicilio: La sociedad se denomina "IFINANCE GROUP S.A.S." y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la provincia de Mendoza, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero. ARTICULO 2°. Duración: El plazo de duración de la sociedad es de noventa y nueve (99) años, contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios. ARTICULO 3°. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, la prestación de toda clase de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) Servicios auxiliares a la intermediación financiera (b) Consultoría; (c) Capacitaciones; (d) Administración y gestión en temas relacionados con la intermediación financiera, se deja expresa constancia que en virtud del objeto de la sociedad se recurrirá en todos los casos a profesionales con título habilitante. ARTICULO 4°. Capital: El capital social es de $ 100.000,00 (Pesos cien mil con cero centavos) representado por una cantidad de 1.000 acciones ordinarias escriturales, de $100,00 (Pesos cien con cero centavos) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349 y modificatorias. ARTICULO 7°. Órgano de administración: La...
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