CONTRATOS SOCIALES - FULL PUBLICIDAD SAS - CONTRATO

Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2018

FULL PUBLICIDAD S.A.S. Comunicase la constitución de una sociedad anónima simplificada conforme a las siguientes previsiones: 1- único socio: Arístides Domingo PARISOT, argentino, Documento Nacional de Identidad 10.273.730, CUIT 20-10273730-0, casado, nacido el 12 de marzo de 1952 en Mendoza, de profesión comerciante, con domicilio en Chacabuco Nº 1091, Rodeo de la Cruz, Guaymallén, Mendoza. 2- Fecha de acto constitutivo: 15 de Octubre de 2018; 3- Denominación: FULL PUBLICIDAD S.A.S. 4- Domicilio de la sede social en calle República de Siria 341, Ciudad, Mendoza. 5- Objeto social: tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, sean personas físicas o jurídicas y tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: A) Servicios: Mediante la prestación de servicios a empresas públicas o privadas mediante el sistema de tercerización o por prestación directa, todos los relacionados a los siguientes servicios: Empresa de Publicidad en todas sus formas, tanto de manera directa como por medio de terceros, sean personas físicas o jurídicas, servicio de publicidad por cartelería de calles y medios de comunicación varios y de todas las formas conocidas, incluidas las realizadas mediante la red de internet u otro medio conocido, inclusive servicios de impresión de papelería para publicidad en todas sus formas, por sí o por terceros. B) Licitaciones: Participar en procedimientos de licitación pública o privada, concurso de precios, públicos o privados o en cualquier otro procedimiento por el cual se proceda a la elección del contratante particular por parte del estado o de empresas privadas o mixtas en general, relativos al objeto social. C) Mandataria: Ejecutar mandatos, comisiones, representaciones de otras firmas o personas individuales, gestión de negocios o comisión de mandatos en general. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para constituirse en fiduciante, fiduciaria, beneficiaria y/o fideicomisaria de cualquiera de los contratos de fideicomisos que regula el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, de conformidad con lo legislado entre los artículos 1666 a 1707, con expresa exclusión del fideicomiso financiero previsto en los artículos 1690, 16...

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