CONTRATOS SOCIALES - CONSTRUCTORA DEL SUR S.R.L. - 28/04/2017

Fecha de la disposición28 de Abril de 2017

CONSTRUCTORA DEL SUR S.R.L. Art. 01º.- Lugar y Fecha:En la Ciudad Capital de la Provincia de Mendoza, el día 23 de noviembre de 2004. Art. 02º.- Partes: Entre MARCELO DAVID ORTIZ, D.I. Nº 17.410.832, con domicilio en calle Pueyrredón 1632, Chacras de Coria, Luján de Cuyo, Provincia de Mendoza, nacido el 30 abril de 1965, de estado civil divorciado, argentino, empresario; y JOAQUIN HORACIO BARBEITO, D.I. Nº 18.083.409, con domicilio en calle Necochea 415, Ciudad, Provincia de Mendoza, nacido el 28 de octubre de 1966, argentino, de estado civil casado, empleado. Art. 03º.- Motivo: Las partes, de común acuerdo celebran el presente contrato de constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada. Art. 04°.- Denominación: La Sociedad se denominará "CONSTRUCTORA DEL SUR" Sociedad de Responsabilidad Limitada. Art. 05º.- Domicilio Social: El domicilio social de la misma será en calle Viamonte 5366, Local 06, Chacras de Coria, Luján de Cuyo, Provincia de Mendoza. Art. 06º.- Duración: La duración de la sociedad se conviene en VEINTE AÑOS a partir de la inscripción, con cinco prórrogas automáticas de cinco años cada una, salvo que cualquiera de los socios comunique fehacientemente su voluntad de no prorrogar, con tres meses de anticipación a la fecha en que se producirá la prórroga automática. Si el resto de los socios quieren continuar el giro social, podrán adquirir las cuotas del socio oponente, al valor que surja del balance que al efecto se practicará y aprobará conforme las pautas generales del presente. El pago de las cuotas al socio saliente se hará dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio anual. Art. 07º.- Objeto: La sociedad tiene por objeto: realizar por cuenta propia o de terceros, o bien asociadas a terceros las siguientes actividades: A) Agropecuaria-ganadera: en todas sus ramas, grados y etapas, mediante la explotación en todas sus formas de establecimientos agrícolas, ganaderos, frutícolas, cultivos forestales y explotaciones granjeras; B) Industrial: La industrialización primaria o no de todo tipo de productos, elementos o materiales, sean estos agropecuarios, ganaderos, mineros, sintéticos; la explotación vitivinícola que comprende la explotación de fincas, cultivos de viñedos, plantaciones de viñas, olivos, injertos, reconversión de viñedos, administración, elaboración y comercialización de uvas y vinos, de materias primas de la industria vitivinícola y sus afines, realizar contratos de colaboración con empresas dedicadas a la industria vitivinícola. C) Servicios: La prestación de servicios a terceros en todo lo referente a la...

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