Los contratos administrativos en la emergencia de la Provincia de Buenos Aires

AutorSebastián Mackanic Galuk - Mariano Puente - Erika Carolina Deantoni Mosca
Páginas27-59
ENSAYOS | 27
Los contratos administrativos
en la emergencia de la Provincia
de Buenos Aires
Sebastián Mackanic Galuk
Mariano Puente
Erika Carolina Deantoni Mosca
1. Panorama de la normatividad contractual
administrativa y su afectación a la actividad contractual
La intención del presente trabajo es brindar un panorama
general acerca de la normatividad contractual administrativa en
el ámbito de la provincia de Buenos Aires y evaluar el impacto
generado a partir de la sanción de una serie de leyes durante
el año 2016, que modif‌icaron sustancialmente la regulación de
los contratos más importantes que suscribe la Administración
Pública Provincial en el marco de su quehacer cotidiano admi-
nistrativo.
En efecto, el régimen contractual de la provincia de Buenos
Aires recibió una profunda transformación a partir de una serie
de leyes que impactaron sustancialmente en el plexo norma-
tivo entonces vigente, constituido por la Ley de Contabilidad
(Decreto-Ley Nº7764/71 y el Reglamento de Contrataciones),
respecto del contrato de suministro, y la Ley Nº6021, en lo que
corresponde al contrato de obra pública.
Esta afectación se produjo a partir de la aparición de nue-
vas leyes que pueden sistematizarse en dos corrientes o grupos
diferentes, según la naturaleza sustantiva de las modif‌icaciones
introducidas:
a. Corriente de emergencia, caracterizada por normas es-
pecíf‌icas de emergencia;
b. Corriente de reforma, caracterizada por normas de re-
forma del régimen de compras o contrataciones del Estado.
REDEA. DERECHOS EN ACCIÓN
| Año 3 N° 7 | Otoño 2018
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La diferencia entre ambas no es menor ya que las normas
de emergencia se constituyen en excepcionales, transitorias
y no sustitutivas del régimen de fondo y tienen por f‌inalidad
paliar una situación coyuntural.
Por su parte, “las normas de reforma de la normatividad”
son genéricas o principales, permanentes y sustitutivas y tienen
por f‌inalidad cambiar el sistema de compras vigente.
Dentro de esta clasif‌icación preliminar, podemos identif‌icar:
a. Corriente de emergencia: ubicamos aquí a las Leyes
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b. Corriente de reforma: nos referiremos en este aspecto a
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Realizando un somero análisis respecto de cada una de las
normas mencionadas, y sin perjuicio de su tratamien to en parti-
cular en el transcurso del presente trabajo, destacamos respecto
de las citadas leyes:
* Ley Nº 14.806 declara la emergencia en materia de
seguridad pública y de política y salud penitenciaria por el
término de doce (12) meses. Este plazo, que se compu ta a
partir del día de la publicación de la ley en el Boletín Of‌icial
(26/01/16), es prorrogado (a partir de su vencimien to y por
el término de un (1) año) por la Ley Nº14.866.
* Ley Nº 14.812 declara la emergencia en materia de
infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos por
el término de un (1) año, contado a partir de la entrada en
vigencia que ocurrió a partir de su publicación en el Boletín
Of‌icial (20 de abril de 2016), prorrogado por otro plazo

Respecto de esta ley en particular se destaca la invitación a
adhesión a los municipios, que será tratada oportunamente.
* La Ley Nº 14.815 declara la emergencia administrativa
y tecnológica. Fue publicada en el Boletín Of‌icial de fecha
26 de mayo de 2016, y la aplicación temporal de la ley
se extiende por el plazo de un (1) año contado a partir
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Los contratos administrativos...
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Mackanic Galuk - Puente - Deantoni Mosca
de esa fecha, prorrogado por otro plazo igual por Decreto

* El Decreto Nº1300/16 (19 de octubre de 2016) pone
en vigencia la Ley de Compras Nº 13981 –en suspenso
desde su promulgación (Decreto Nº477/09)–, a través de la
aprobación de su reglamentación y con las modif‌icaciones
          
Reforma Administrativa Normativa para la Agilización de
los Trámites”). Con invitación a adherir a los Municipios
de la provincia de Buenos Aires.
* Ley 14.828 (B.O. 29/07/16) Aprueba el “PLAN ESTRA-
TÉGICO DE MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”. Con
invitación de adhesión a los municipios. Sus componentes
son: Sistema de Gestión por Resultados; Atención Ciuda-
dana y Participación y Gobierno Electrónico. Este último se
implementa por: 1- Sede Electrónica; 2- Firma Electrónica y
Digital; 3- Digitalización de Documentos y Procesos Admi-
     
y 6- Compras Electrónicas. (Decreto Nº 1018/16 –B.O.

2. Emergencia. Noción conceptual
El régimen de la emergencia se presenta en un escenario
complejo en el que se evidencia la difícil y traumática relación
entre poder y derecho.
Allí se denota la tensión producto de una realidad acuciante
y la necesidad de brindar una respuesta legal adecuada.
El régimen de la emergencia ha sido elaborado a partir de
la doctrina emanada de la jurisprudencia de la Corte Suprema
de Justicia de la Nación, a partir de casos célebres como Erco-
lano (1922), Avico (1934), Peralta (1990) etc, y se inscribe como
derivación del Poder de Policía del Estado, entendido como po-
testad de reglamentar derechos para garantizar la seguridad,
salubridad y moralidad pública; luego ampliado a la promoción

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