El contrato de larga duración y su compleja configuración técnica

AutorEsteban Javier Arias Cau
CargoProfesor Asociado en la cátedra de 'Derecho Civil III - Contratos en general y particular' y Profesor Adjunto 'Defensa del consumidor y del usuario', de la Universidad Católica de Santiago del Estero, Departamento San Salvador (DASS)
Páginas35-43
35
AÑO 2024 • NÚMERO 11
EL CONTRATO DE LARGA DURACIÓN
Y SU COMPLEJA CONFIGURACIÓN
TÉCNICA
THE LONG-TERM CONTRACT AND ITS
COMPLEX TECHNICAL CONFIGURATION
Esteban Javier Arias Cáu1
RESUMEN:
El contrato de larga duración, caracterizado por su complejidad y extensión temporal,
requiere adaptaciones continuas debido a los cambios en las circunstancias que afectan
su ejecución. Estos contratos, comunes en relaciones empresariales y acuerdos estraté-
gicos, son más exibles que los tradicionales y buscan fomentar la colaboración entre
las partes. La teoría relacional, desarrollada por Macneil, subraya la importancia de la
cooperación y la buena fe en estos acuerdos. El Código Civil y Comercial de Argentina
(art. 1011) reconoce esta categoría, destacando la esencialidad del tiempo y el deber de
renegociación en caso de rescisión unilateral. A nivel internacional, los Principios Uni-
droit han actualizado su enfoque para reejar la naturaleza dinámica de estos contratos.
El artículo 1011, aunque útil, ha sido objeto de debate debido a su falta de especicidad
en ciertos aspectos, como la rescisión, y la necesidad de interpretación exible según las
circunstancias.
ABSTRACT
e long-term contract, characterized by its complexity and extended duration, requires
continuous adaptations due to changes in circumstances that aect its execution. ese
contracts, common in business relationships and strategic agreements, are more exible than
traditional ones and aim to promote collaboration between the parties. Relational theory,
developed by Macneil, emphasizes the importance of cooperation and good faith in these
agreements. e Argentine Civil and Commercial Code (Art. 1011) acknowledges this
category, highlighting the essential nature of time and the duty to renegotiate in the event of
unilateral termination. On an international level, the Unidroit Principles have updated their
approach to reect the dynamic nature of these contracts. Article 1011, while useful, has been
the subject of debate due to its lack of specicity in certain aspects, such as termination, and
the need for exible interpretation according to the circumstances.
1 Profesor Asociado en la cátedra de “Derecho Civil III – Contratos en general y particular” y Profesor Adjunto “Defensa del
consumidor y del usuario”, de la Universidad Católica de Santiago del Estero, Departamento San Salvador (DASS). Magíster en
Derecho Empresario por la Universidad Austral (UA). Doctor en derecho (UNC). Ponencia presentada en las “XXIX Jornadas
Nacionales de Derecho Civil”, realizadas en la sede Pilar de la Universidad Austral, en el mes de septiembre de 2024. Elaborada sobre
la base del artículo conjunto escrito con el Dr. Daniel E. MOEREMANS, de carácter inédito.

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