Contrato de capitalizacion de vacas

AutorMiguel A. Sansó
Actualizado aJunio 2008

Entre ... ... .... , DNI Nº ... y domiciliado en calle ... ... Nº ..., denominado en adelante

"El Ganadero", y ... ... .... , DNI Nº ... y domicilio en calle ... ... Nº ... , denominado en adelante "El Capitalizador"; se celebra el presente Contrato, el cual se regirá por las siguientes cláusulas, y en general por las normas legales vigentes :

PRIMERA: Para el buen mantenimiento de la hacienda vacuna a capitalizar el Ganadero aportará al Capitalizador la superficie de campo que resulte necesaria a tal efecto, con sus mejoras, situado en ... ... ..., Localidad/Departamento de ... ... ... Provincia de ... ...

SEGUNDA: El campo se conoce con el nombre de ... ... ... y tiene una superficie de ... ... (...) hectáreas , linderos con los siguientes predios ... ............ ...

TERCERA. El Capitalizador aportará la cantidad inicial de ... ... (...) vacas de ... ... (...) años, de la raza ... ... en perfecto estado de salud, garantizadas por tacto rectal de preñez.

CUARTA: Deberá entregar el Capitalizador el ganado indicado en la Cláusula Tercera en el campo del Ganadero; siendo a su exclusivo cargo todos los gastos que le demande dicha operación.

QUINTA: Conservará el Capitalizador la propiedad de la hacienda registrada a su nombre, obligándose a autorizar al Ganadero para suscribirlas a su nombre, o a firmar las guías y los certificados para las ventas.

SEXTA: Asimismo el Capitalizador se obliga a depositar el boleto de su marca a efectos de la marcación de los terneros y terneras que correspondan anualmente, en la Municipalidad.

SEPTIMA: El Ganadero durante la vigencia del presente Contrato, mantendrá la tenencia y el uso y goce del predio; debiendo realizar la conducción de la explotación la cual realizará por medio del personal de su exclusiva dependencia, y la siembra en la forma que considere más conveniente y por su sola cuenta y cargo.

OCTAVA: Serán soportados por el Ganadero, la totalidad de los gastos que devengue la administración, cuidado y atención de la hacienda objeto de este Contrato.

NOVENA. Serán proporcionalmente soportadas por ambas partes la compra de sarnífugos, vacuna, drogas, tratamientos veterinarios, y las pérdidas por mortandad .

DÉCIMA. Se efectuará el aparte de lo que a cada parte de este Contrato le corresponde, según el producto anual de ternero, y en la época del destete. Le corresponderá al Ganadero el ... ... (...%) pòr ciento de los machos y hembras por partes iguales de la producción de terneros y le...

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