Contrato

Fecha de disposición13 Enero 2018
Fecha de publicación13 Septiembre 2018
SecciónIX- CONTRATOS, ESTATUTOS, BALANCES, ETC

BIG TRIP VIAJES Y CAMBIO S.R.L.

CONTRATO

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ª Nominación de Rosario, a cargo del Registro Público de Comercio, en Expte. N° 2784/ 2018 - CUIJ n° 21-05506299-1 y a efectos del art. 10 de la Ley 19.550 se hace saber que por Contrato Social de fecha 3 de julio de 2.018, los señores ANDRES NAVELLO, argentino, nacido el 12 de Octubre de 1983, apellido materno Cripovich, estado civil soltero, DNI n° 30.484.961, CUIT 20-30.484.961-5, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Córdoba 695 piso 9° dpto. 1, de Rosario; e IGNACIO ANDRES RECHIMONT, argentino, nacido el 6 de Febrero de 1982, apellido materno Pérez, estado civil soltero, DNI n° 29.365.099, CUIT 20-29.365.099-4, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Herrero Miranda 2465 de Rosario, han constituido una sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la denominación de BIG TRIP VIAJES Y CAMBIO S.R.L.. Su domicilio legal ha sido fijado en jurisdicción de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y su sede social ha sido establecida en calle San Lorenzo 1276 piso 10 of.04 de Rosario. Su plazo duración es de veinte años (20), contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Tiene por objeto, principalmente, la realización de las siguientes actividades a) Intermediación en la reserva o locación de servicios en cualquier medio de transporte en el país o en el extranjero; intermediación en la contratación de servicios hoteleros en el país o en el extranjero, organización y comercialización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros, traslados de pasajeros o similares, con o sin inclusión de todos los servicios propios de los denominados viajes a “forfait”, tanto en el país o en el extranjero; recepción o asistencia de turistas durante los viajes y su permanencia en el país; prestación a los mismos de guías turísticos, servicios de traslados, despacho de sus equipajes, así como la representación en otras agencias, tanto nacionales como extranjeras a fin de prestar en su nombre cualquiera de estos servicios; b) actividades similares o conexas mencionadas con anterioridad en beneficio del turismo. Será requisito ineludible para el ejercicio de estas actividades el obtener previamente la respectiva licencia en el Registro de Agentes de viajes, que se regirán por la ley 18.829 o toda otra que la modifique o reemplace. c) Las comprendidas en la...

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