Contrato

EmisorAcronex S.R.L.
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2014

Por estar asf dispuesto en autos caratulados: ACRONEX S.R.L. s/Contrato” (Expte. 956-2014) de trámite ante el Registro Publico de Comercio de la Ciudad de Santa Fe, se publica el presente Edicto a los fines de hacer saber lo siguiente;

1) Accionistas; Gonzalo Alejandro Slaboch D.N.I. 31.457.337, CUIT 20-31457337-5, con domicilio en calle Mitre 3612 de la Ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, argentino, de profesión Ingeniero en Sistemas de Información, nacido en fecha 24 de mayo de 1985, de estado civil soltero y Luis Eduardo Slaboch D.N.I. 13.091.770, CUIT 20.13091770-5, con domicilio en calle Alberdi 3939, de la Ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, argentino, de profesión Ingeniero Electrónico, nacido en fecha 16 de Abril de 1959, de estado civil divorciado.

2) Fecha del Instrumento: 25 de Agosto de 2014.

3) La razón social se denomina “ACRONEX S.R.L”.

4) Domicilio social es calle Mitre 3612 de la ciudad de Santa Fe.

5) Plazo de duración 50 arlos contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

6) Capital Social; El capital social es de pesos ciento veinte mil ($ 120.000,00), dividido en ciento veinte cuotas (120) de pesos mil ($ 1.000,00) valor nominal de cada una. Cada cuota da derecho a Un Voto. La integración del capital suscripto, se realiza en dinero en efectivo por el 25% del capital social suscripto, debiéndose integrar el saldo dentro del plazo de dos (2) arios a partir de la fecha.

7) Organos de administración y fiscalización; La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más Gerentes, socios o no, quienes actuarán en forma individual o indistinta.

Podrán designarse uno o más suplentes para subsanar la falta de los gerentes titulares por cualquier causa. En tal carácter tienen todas las facultades para obligar a la sociedad en todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social, pudiendo realizar todos los actos y contratos que se vinculen con él, incluso los que menciona el art. 1881 del Código Civil y el articulo 9 del decreto ley 5965/63, la adquisición de bienes muebles, inmuebles, contrataciones de préstamos, la constitución de derechos reales de garantía, la presentación en licitaciones públicas y privadas, el otorgamiento de poderes, la intervención en actuaciones ante todos los bancos oficiales y privados. La presente enunciación no es limitativa ni taxativa. Los gerentes depositarán en...

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