Contratación pública y corrupción
Autor | Carlos Enrique Mamberti |
Cargo del Autor | Abogado (UNLP). Profesor Titular Regular en Derecho Administrativo I. Universidad Nacional de La Pampa |
Páginas | 257-283 |
CONTRATACIÓN PÚBLICA Y CORRUPCIÓN
Qu tenemos y qu falta en el plano normativo
Carlos Enrique Mamberti 1
1. Consideraciones preliminares
No es novedad armar que el fenómeno de la c orrupción en
la República Argentina ha tenido una extensión inusitada y, tal vez,
pueda seguir teniendo una importante incidencia en las organizacio-
nes públicas 2, dimensión del mal que, si bien no es una caracter ística
exclusiva de la República Argentina 3, mortica profundamente porque
es nuestra Nación, en la que vivimos y en la que seguirán viviendo
nuestros hijos.
Tampoco es un descubrimiento especial que el estudio de la
corrupción no puede abordarse exclusivamente desde la ciencia jurí-
dica. Estoy convencido, antes bien, de que el derecho ha proporcio-
nado numerosos instrumentos normativos dirigidos al funcionamiento
honesto y transparente de las administraciones públicas, y que una
reducción sign icativa y ostensib le de las pr ácticas que de linean la
corrupción en los a suntos gubernamentales y en la vida so cial deberá
1 Carlos Enrique Mamberti. Abogado (UNLP). Profesor Titular Regular en Derecho Administrativo I
(Universidad Nacional de La Pampa. Profesor Titular Interino en Derecho Administrativo I (Universidad
Nacional de La Plata). Profesor de posgrado (UNLP/UNLPam). Conjuez de la Suprema Corte de Justicia
de la Provincia de Buenos Aires.
2 La armación alternativa se debe a que al momento de escribir este trabajo el país transita los
primeros meses de un nuevo gobierno que ha prometido cambios sustanciales en el tema. Simultá-
neamente, la sociedad asiste estupefacta al repentino vigor de procesos judiciales que ponen a la luz
pública episodios de corrupción de dimensiones colosales y extravagante inmoralidad.
3 Por cierto, algunas conductas endémicas de nuestra sociedad, analizadas por juristas y pensa-
dores en célebres publicaciones, nos convencen de que el desprecio por la ley, por el respeto recíproco
y por el buen orden son falencias que han calado muy hondo en el tejido social argentino, y demandarán
prolongados esfuerzos para su reversión. Carlos S. Nino, en Un país al margen de la ley (Emecé, 1992) y
Agustín A. Gordillo, en La administración paralela (Civitas, 1997), son dos obras que exponen con gran
elocuencia los mencionados agelos que nos aquejan desde antiguo.
MAMBERTI
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y CORRUPCIÓN
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procurarse, fundamentalmente, con acciones y medidas que, sin des-
preciar el apor te del derecho, se diseñen y denan en orde n a ot ras
pautas y a otros conocimien tos cientícos.
Es que la honestidad es una virtud de la voluntad, un e mpeño
permanente de las per sonas por actuar correctamente como funcio-
narios o ante los funcionarios de la administración pública. Por ende,
esa propensión del comportamiento –a veces imbuido sólo por el
temor a la sanción de la ley 4 – se adquiere cuando las personas se
convencen profundamente de las enormes ventajas que trae, para
todos los individuos y par a el desarrollo, el comportamiento co rrecto,
tanto de quienes se dese mpeñan en las administraciones públicas
como de quienes se vinculan con esas organizaciones por los má s
div er sos inte res es . Par a ello , cons id er o que se req ui er e modi c ar pr o-
fundamente y jerarqu izar en todos sus niveles nuestro sistema edu ca-
tivo, incorporando una efe ctiva inculcación de valores esencia les para
la vida en sociedad y mecanismos de enseñanza-aprendizaje, en los
que el mérito y el correcto comportamiento, desde la más temprana
edad, reciban reconocimiento y sirvan como estímulo para direccio-
nar las acciones humanas.
No obstante que al momento de elaborar este trabajo la Nación
atraviesa un tiempo político nuevo, siempre por tador de esperanza
–al menos durante un lapso–, coneso que me embarga cierto pesi-
mismo respecto a la posibilidad de revertir el agelo de la corrupción
en nuestro país (los a ños podrían estar horadando mi esp íritu). Solo la
insistencia incans able de C. Marcelo Lamoglia –a quie n agradezco las
reiteradas invitaciones para participar en el curso de posgrado sobre
Administración Pública y Corrupción– me ha constreñido a volcar en
el papel un breve análisi s sobre la respuesta que la ciencia jurídic a ha
brindado –des arrollada en las clases– en el campo de los contratos
administrativos para luchar contra la corrupción.
2. Conceptualización de la corrupción
Bajo esta pauta, conviene recordar que la Real Academia Espa-
ñola dene a la corrupción en las organizaciones, especialmente en las
públicas, como “prác tica consistente en la utilización de las fu nciones
4 En nuestro país, hasta el momento, la potencial represión de los ilícitos parece no causar dema-
siado temor entre los funcionarios públicos, empresarios o corredores de inuencia. Ello, probable-
mente, por la impunidad y falta de condenas que se observa en la especie.
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