Continúa en 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor28 de Septiembre de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 202
CORDOBA, (R.A.) MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 247
Córdoba, 13 de septiembre de 2021
VISTO: El expediente Nº 0165-166474/2021 por el que se solicita el cierre de
los Fondos Permanentes “X” FONDO DE EMERGENCIAS POR INUNDACIO-
NES LEY 10267, creado por Resolución Ministerial N° 189/2015 y modicado
por Resolución N° 004/2016; y “R” ATENCIÓN DE SITUACIONES DE DESAS-
TRE, creado por Resolución Ministerial N° N° 125/2016 y modicado por Reso-
lución N° 009/2016, ambos de la Secretaría General de la Gobernación.
Y CONSIDERANDO:
Que atento al artículo 44 de la Ley N° 10679/2019 de modicaciones
al Código Tributario de la Provincia de Córdoba que establece que los gas-
tos y/o saldos remanentes del Fondo de Emergencias por Inundaciones
Ley 10267, serán atendidos por el Fondo Permanente para Atención de
Situaciones de Desastre, creado por Decreto N° 1936/2015, es necesario
proceder al cierre denitivo del Fondo Permanente “X” FONDO DE EMER-
GENCIAS POR INUNDACIONES LEY 10267.
Que por Decreto N° 1615/2019 se establece una nueva estructura or-
gánica del Poder Ejecutivo, donde las funciones que compete a lo referente
a la Atención de Situaciones de Desastre, programa presupuestario 208,
serán atendidas por el Ministerio de Desarrollo Social, tornándose necesa-
rio al cierre denitivo del Fondo Permanente “R” ATENCIÓN DE SITUACIO-
NES DE DESASTRE.
Que conforme lo determina el Artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad
de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos
Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable, en relación al cierre de los Fondos Permanentes solicitados,
habiendo efectuado la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Públi-
co, la intervención de su competencia.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la Sub-
secretaría de Tesorería General y Crédito Público a fs. 8, lo dictaminado
por el Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al
Nº 417/2021 y en los términos de la Resolución Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Viene de Pag. 01
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 14 ..................................................................Pag. 5
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 352 ................................................................Pag. 6
Resolución N° 353 ................................................................Pag. 7
Resolución N° 354 ................................................................Pag. 7
Resolución N° 355 ................................................................Pag. 8
Resolución N° 357 ................................................................Pag. 8
CÁMARAS DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y CON-
TENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PRIMERA Y SEGUNDA NOMINA-
CIÓN DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
Resolución Administrativa N° 246 ........................................Pag. 9
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo N° 840 - Serie “A” ..................................................Pag. 10
Acuerdo N° 872 - Serie “A” ..................................................Pag. 10
Acuerdo N° 873 - Serie “A” ..................................................Pag. 14
Acuerdo N° 874 - Serie “A” ..................................................Pag. 18
Acuerdo N° 875 - Serie “A” ..................................................Pag. 22
Acuerdo Reglamentario N° 1722 - Serie “A” .......................Pag. 22
Acuerdo Reglamentario N° 1723 - Serie “A” .......................Pag. 23
Convocatoria Elecciones ......................................................Pag. 24
Artículo 1º DISPONER el cierre de los Fondos Permanentes “X” FONDO
DE EMERGENCIAS POR INUNDACIONES LEY 10267 y “R” ATENCIÓN DE
SITUACIONES DE DESASTRE, de la Secretaría General de la Gobernación.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de
la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Administrativo
de Secretaría General de la Gobernación y a la Subsecretaría de Tesorería
General y Crédito Público, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SEC. DE ADMINIST. FINANCIERA, MINISTERIO DE
FINANZAS
Por encomienda de rma – Resolución Ministerial N° 119/2020.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERÍA
Resolución N° 67
Córdoba, 24 de septiembre de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0760-013021/2021, mediante el cual se tramita la en-
trega de premios a los ganadores del “Concurso Ideas Emprendedoras 2.021”.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1114 de fecha 26 de septiembre de 2013, se
aprobó el Programa “Concurso Ideas Emprendedoras”, el que se llevará a
cabo anualmente en el ámbito de este Ministerio.
Que el presente concurso tiene por nalidad incentivar a los empren-
dedores a formular, desarrollar y fortalecer sus proyectos y planes de ne-
gocios, reconociendo y premiando emprendimientos cordobeses que se
destaquen en términos de originalidad y potencialidad, y en la contribución
al desarrollo socio-productivo de la provincia.
Que mediante Decreto Nº 1158 de fecha 23 de julio de 2018, se modi-
caron los artículos 2º y 3º y se sustituyó el Anexo I del citado instrumento
legal, estableciendo en sus Bases y Condiciones que los destinatarios del
mismo son las personas humanas radicadas en el ámbito de la Provincia
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 202
CORDOBA, (R.A.) MARTES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
de Córdoba.
Que impulsa la presente gestión el señor Subsecretario de la Pequeña
y Mediana Empresa, acompañando las Bases y Condiciones correspon-
dientes a la Convocatoria 2021.
Que mediante Resolución Ministerial Nº 021/2021, de fecha 20 de abril
de 2.021, se aprobaron las Bases y Condiciones de dicho Concurso.
Que conforme surge de las Bases los Premios a percibir por los na-
listas, consisten en aportes económicos y en la entrega de diplomas a los
proyectos que se encuentren entre los quince (15) primeros puestos del
Orden de Mérito.
Que obra incorporada Acta de Constitución del Jurado de fecha vein-
tisiete de septiembre de 2.021, integrado de la siguiente manera: el señor
Fernando Jorge Sibilla, Secretario de Industria de la Provincia de Córdoba;
el señor Andrés Colombo, en representación de la Incubadora de la Univer-
sidad Nacional de Córdoba; la señora Silvia Elena Aisa, en representación
de la Universidad Nacional de Córdoba; el señor Gonzalo Valenci, Subse-
cretario de Vinculación Tecnológica Productiva de la Provincia de Córdoba;
la señora Maria Natalia Yubel, Directora General de Promoción Del Desa-
rrollo Emprendedor.
Que con fecha 18 de junio de 2021, el señor Subsecretario de Pequeña
y Mediana Empresa, prorroga la fecha de cierre de la convocatoria al día
25 de junio de 2021, fundamentando la misma en el receso administrativo
establecido mediante Decreto N° 461/2021, el cual impacto en la disponi-
bilidad del personal de la Subsecretaría PYME para la correcta recepción
de proyectos y atención de consultas, y nuevo Cronograma de Actividades.
Que los criterios de evaluación utilizados han sido la sustentabilidad
del negocio e inserción en el mercado; generación de empleo; contribución
al desarrollo local; valor agregado; cuidado del medio ambiente; y vincula-
ción con el entorno.
Que obra incorporada Acta del Jurado - Concurso “Ideas Emprendedo-
ras 2021”, de fecha 16 de julio de 2021, estableciendo el siguiente Orden
de Mérito de los proyectos nalistas, elaborado por unanimidad:
1. “PROCENS”;
2. ANNY OYM”;
3. “CONSCIENTE COLECTIVO”;
4. “EQUILIBRISTAS”;
5. “GREENWAY”;
6. “FRUIT STRIPS”;
7. “ESPIRÓMETRO MOVIL”;
8. ABRIENDO HUELLAS”;
9. “UBUNTU”;
10. “CURCUMA”;
11. “COCINA ANTIGUA”;
12. “UN SORBO DE DISTRACCIÓN”;
13. “BELEANOW”;
14. “IOTGO”;
15. “BULKY (BICI SULKY PORTA BULTOS)”.
Que se acompaña orden de mérito denitivo en el cual se detalla puesto,
proyecto, titular, cuit y Premio (monto del subsidio no reintegrable a otorgar
en concepto de premio a los quince (15) ganadores del Concurso.
Que se incorporan a las presentes actuaciones Declaración Jurada de los
Responsables de la Recepción, Administración y Rendición de Cuentas de los
fondos a percibir con motivo de la presente gestión y respectivas constancias
de inscripción ante AFIP de cada uno de los ganadores de los premios.
Que corresponde en esta instancia otorgar subsidios no reintegrables
en concepto de premios a los ganadores del “Concurso Ideas Emprende-
doras 2021: realizado en el marco del Programa Concurso Ideas Empren-
dedoras, de conformidad al orden de mérito elaborado por el Jurado y a lo
establecido en el Punto 9) “Premios”, de las Bases y Condiciones.
Por ello, actuaciones cumplidas, Nota de Pedido N°2021/000160 emi-
tida por la Dirección de Jurisdicción de Administración y lo dictaminado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales bajo el Nº 104/2021,
ambas dependientes de este Ministerio,
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
RESUELVE:
Artículo 1° OTORGAR aportes económicos no reintegrables en con-
cepto de premios a los ganadores del “Concurso Ideas Emprendedoras
2021” realizado en el marco del Programa “Concurso Ideas Emprendedo-
ras”, aprobado por Decreto Nº 1114/2013, de conformidad al orden de mérito
denitivo que, como Anexo I, compuesto de una (1) foja, forma parte de la
presente, por la suma de Pesos Un Millon ($1.000.000,00).
Artículo2º DESIGNAR responsables de la percepción, correcta in-
versión de los fondos y posterior rendición de cuentas de los proyectos
referenciados en el Anexo I del presente instrumento legal: al señor Fe-
derico Uanino DNI N° 27.326.975, con domicilio en calle Pedro Patat Sur
2295 –Colonia Caroya – Colon - Córdoba; al señor Lucas Manuel Sala
DNI N° 27.957.614, con domicilio en Acosta N° 195 – B° Villa Argentina
– Córdoba – Capital – Córdoba; al señor Gabriel Alejandro Vargas Salas
DNI N° 32.204.604, con domicilio en Coronel Acevey N° 1342- B° General
Bustos – Córdoba Capital - Córdoba; al señor Agustín Nicolás Miranda DNI
N° 41.115.806, con domicilio en calle 12 de Octubre esq. Los Principios,
Mz. 118, Lt. 16 – Malagueño – Santa Maria - Córdoba; a la señora Camila
Leuca DNI N° 43.607.788, con domicilio en Belgrano N° 1135 – Arroyito
– San Justo - Córdoba; al señor Pablo Ariel Menardi DNI N° 25.203.323,
con domicilio en Perito Moreno N° 1136 – Villa Maria – Córdoba; al señor
Martin Pedro Moya DNI N° 20.224.692, con domicilio en Lote 398, Mz 63
S/N – La Runa – La Calera – Colon - Córdoba; al señor Cesar Humberto
Torres DNI N° 26.051.780, con domicilio en Calle Publica 1 N° 3631 – Jar-
dín de Horizonte – Córdoba – Capital - Córdoba; a la señora Maria Luz
Moretti Sanchez DNI N° 39.534.724, con domicilio en Baigorria N° 686,
Piso 4°, Dpto. “D” – Rio Cuarto – Rio Cuarto – Córdoba; al señor Franco
Borgogno DNI N° 33.843.453, con domicilio en Paseo del Huerto N° 31,
Dpto. 2 – Jesús Maria – Colon - Córdoba; al señor Pablo Daniel Fiñana DNI
N° 21.901.850, con domicilio en Calamuchita esq. Árbol Alto S/N – Mirador
del Lago – Bialet Masse – Punilla – Córdoba; a la señora Carla Elisa Brollo
DNI N° 36.888.472, con domicilio en Pedro Patat Sur N° 2137 – B° Tronco
Pozo – Colonia Caroya – Colon – Córdoba; al señor Cristian Omar Hurt

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