Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 3 de Marzo de 2015, expediente CAF 027439/2012

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 27439/2012 CONTA WALTER MARIO SRL (TF 22282-I) c/ DGI Buenos Aires, de febrero de 2015.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 180/183 la Sala “A” del Tribunal Fiscal de la Nación rechazó —con costas— la excepción de nulidad articulada por la parte actora y confirmó —con costas— la resolución nº 28/2003, emitida por la División Revisión y Recursos de la Dirección Regional Salta de la AFIP – DGI, en virtud de la cual se determinó de oficio el impuesto a las ganancias por los períodos fiscales 1999 y 2000, con más sus respectivos intereses resarcitorios.

  2. Que para así decidir desarrolló las siguientes consideraciones:

    Con relación a la tacha de nulidad, señaló que de la compulsa de las actuaciones administrativas surge que el accionar del Fisco Nacional tuvo encuadramiento en el procedimiento reglado por la ley 11.683 (t.o. 1998 y modif.), por lo que no se advierte en qué

    medida se vio afectada la posibilidad de ejercer el derecho de defensa por la parte actora.

    Y agregó que de la lectura de la resolución apelada surgen las circunstancias de hecho y las normas en virtud de las cuales la administración tributaria fundó su decisión. En particular, en lo que atañe a la prueba ofrecida por la responsable, advirtió que tales elementos fueron considerados por el juez administrativo, y, en todo caso, las discrepancias que ésta pudiera esgrimir sobre tales conclusiones, constituyen cuestiones que no afectan la validez del acto, sino que integran el fondo de la cuestión a resolver.

    En lo atinente al fondo de la cuestión, manifestó que la resolución impugnada da cuenta de ciertas irregularidades en parte de la documentación relativa a los gastos que la actora pretende deducir de su resultado impositivo, lo que la priva de la suficiente Fecha de firma: 03/03/2015 Firmado por: DO PICO - GRECCO - FACIO, JUECES DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 27439/2012 CONTA WALTER MARIO SRL (TF 22282-I) c/ DGI fuerza probatoria que requieren las normas. En este sentido, —señaló— el Fisco Nacional realizó una minuciosa inspección, y concluyó en la impugnación de determinadas operaciones, en virtud de una adecuada ponderación de las circunstancias del caso, toda vez que se sustentó en las constataciones realizadas, sobre la base de elementos concretos y razonables.

    Indicó que del informe de inspección es posible extraer que la contribuyente aportó facturas tipo B para justificar sus deducciones, las cuales incluyen gastos correspondientes a comida, combustible y alojamiento, entre otros, en las que no resulta factible identificar al comprador, ni su razón social ni su CUIT, por lo que no es posible obtener la suficiente certeza de que las erogaciones en cuestión hayan sido efectivamente realizadas por aquélla.

    Dijo que la inspección constató que los gastos sujetos a rendición constaban en recibos comunes y tickets. Dichos comprobantes —añadió— carecen de una correcta identificación del adquiriente de los bienes y servicios, por lo que se procedió a su impugnación, toda vez que no existen elementos suficientes que permitan presumir su validez.

    Agregó que el acto determinativo refiere expresamente a la falta de apego de los comprobantes impugnados a las normas de facturación que, en la especie, es la resolución general 3419, resaltando que en los períodos cuestionados la contribuyente no llevaba contabilidad rubricada ni poseía planillas de caja o libros de banco.

    Señaló que el organismo recaudador realizó una adecuada ponderación de la prueba obrante en las actuaciones y apuntó que si bien los comprobantes existen, las diversas deficiencias que éstos exhiben impiden justificar los bienes adquiridos, los servicios contratados, y su destino.

    Fecha de firma: 03/03/2015 Firmado por: DO PICO - GRECCO - FACIO, JUECES DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 27439/2012 CONTA WALTER MARIO SRL (TF 22282-I) c/ DGI Destacó que correspondía a la responsable probar fehacientemente la autenticidad de las operaciones comerciales con sus proveedores para generar el derecho al cómputo de las deducciones, no resultando suficiente para ello la demostración de la existencia y/o actividad de éstos, sino que se requiere demostrar la correspondencia entre la actividad generadora de rentas y los comprobantes impugnados por el Fisco.

    Bajo tales pautas, advirtió que la actora, pese a contar con amplias posibilidades ante ese tribunal para probar sus dichos, con mayor razón cuando aduce que en sede administrativa se cercenó ese derecho, se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR