J & M Consultores S.A. S/quiebra

Fecha de la disposición12 de Agosto de 2010

Jueves 12 de agosto de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.964 29

19.550 y artÃculo 271 de la Resolución N'º7/2005 de la Inspección General de Justicia, se hace saber que Garantizar S.G.R. con sede social en la calle Sarmiento 663, piso 6'º, C.A.B.A. e inscripta en la Inspección General de Justicia el 21-031997 bajo el N'º2762, Libro 120, Tomo A de S. A.

resolvió por Asamblea General Ordinaria del dÃa 31/05/2010 la restitución a su accionista Banco de la Ciudad de Buenos Aires del aporte irrevocable por el importe de $3.299.701 el cual fue realizado según el siguiente detalle: a) Al 31/12/2000 se realizó un aporte por la suma de $144.840 el cual fue aprobado en reunión de Asamblea General Ordinaria de fecha 30 de mayo de 2001, siendo la valuación del activo y del pasivo a esa fecha de $35.844.035 y $1.657.275 y el monto del patrimonio neto de $34.186.760; b) Al 31/12/2002 se realizó un aporte por la suma de $1.431.695 el cual fue aprobado en reunión de Asamblea General Ordinaria de fecha 14 de mayo de 2003, siendo la valuación del activo y del pasivo a esa fecha de $43.486.673; $15.028.462 y el monto del patrimonio neto de $28.458.211; c) Al 31/12/2003 se realizó un aporte por la suma de $1.462.529 el cual fue aprobado en reunión de Asamblea General Ordinaria de fecha 27 de mayo de 2004 siendo la valuación del activo y del pasivo a esa fecha de $50.728.235; $12.012.552 y el monto del patrimonio neto de $38.715.683; d) Al 31/12/2005 se realizó un aporte de $260.637 el cual fue aprobado en reunión de Asamblea General Ordinaria de fecha 30 de mayo de 2006 siendo la valuación del activo y pasivo a esa fecha de $167.295.970;

$24.987.405 y el monto del patrimonio neto de $142.308.565. Asimismo se informa que la valuación del activo y pasivo al 31/12/2009 que fuera aprobado en la Asamblea General Ordinaria que resolvió la restitución del aporte irrevocable es de $338.240.193 y $113.252.036 y el monto del patrimonio neto es de $224.988.157. Por último, se hace saber que en el domicilio de la Calle Sarmiento 663, piso 6'º, C.A.B.A., de lunes a viernes en el horario de 9:00hs. a 18:00hs., los acreedores de fecha anterior, podrán oponerse, en los términos del Art. 83, Inciso 3'º, último párrafo, de la Ley 19.550, dentro de los 15 dÃas desde la última publicación de este edicto. AnÃbal Jesús Stella,

Presidente, designado en fecha 10/07/2008 mediante Acta de Directorio Nro. 1397.

Certificación emitida por:M.A.Colabelli de Sanclemente. N'º Registro: 274. N'º MatrÃcula: 2515.

Fecha: 04/08/2010. N'ºActa: 179. N'ºLibro: 32.

e. 11/08/2010 N'º90202/10 v. 13/08/2010 “L” LOGINTER S.A.

ComunÃcase que por resolución de la asamblea general extraordinaria de accionistas del 18 de enero de 2010 se redujo el capital en forma voluntaria.A los efectos del derecho de oposición de los acreedores de la sociedad, se informa: a) Loginter S.A. tiene sede legal en Av. Ramón Castillo S/N, entre calle 8 y 9, Ciudad de Buenos Aires. Datos de inscripción en el R.P.C.: 11/6/1996, N'º5334, libro 119, tomo A de SA; b) El capital social antes de la reducción era de $70.769.292,- la reducción fue de $32.572.292,- y el nuevo capital es de $38.197.000,-; c) La reducción del capital se realiza sobre el balance especial al 31/12/2009. Activo antes de la reducción: $137.915.827,30, Activo después de la reducción: $81.605.204,30. Pasivo antes y después de la reducción: $28.918.906,68.

Patrimonio neto antes de la reducción:

$ 108.996.920,62. Patrimonio neto después de la reducción: $ 52.686.297,62. En la asamblea también se aprobó el pago de un dividendo que disminuye el patrimonio en $23.738.331, - Y la asamblea modificó el estatuto estableciendo el capital social en $38.197.000,-. Alejandro Justo González Escudero, autorizado en el Acta de la asamblea de accionistas del 18/1/2010.

Contador/Autorizado – Alejandro Justo González Escudero Legalización emitida por: Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecha: 04/08/2010. Número:

660314.Tomo: 0165. Folio: 151.

e. 12/08/2010 N'º89271/10 v. 13/08/2010 “R” RIO PARANA PILOTS S.A.

Se comunica a los Sres. accionistas de RÃo Paraná Pilots S.A., con sede social sita en la Av. Julio A. Roca 620, piso 13 de la C.A.B.A., que según consta en acta de directorio de fecha 3 de Agosto de 2010 del libro N'º01 de Actas de Directorio, rubrica N'º88595-00 del 23.10.2000, se ha decidido la venta de tres (3) TÃtulos, representativos cada uno de ellos de 500 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de valor nominal $100 y un voto cada una, oportunamente adquiridas en los términos del artÃculo 220 inciso 2) de la Ley N'º19.550. En correspondencia con ello, y de acuerdo con los artÃculos 194 y 221 de la ley 19.550 y sus modificatorias, asiste a Uds. el derecho de suscripción preferente de las acciones antes descriptas, en proporción a su actual participación accionaria. Podrán ejercer su derecho de opción dentro de los treinta dÃas siguientes al de la última publicación del presente aviso, comunicando su decisión al Directorio de la sociedad.

Firmado: Jorge Héctor Bolis DNI 7.771.896, Presidente del Directorio, designado según consta en acta de Directorio del 20 de Mayo de 2008, a foja 75 del libro de actas de directorio N'º1 rubricado el 23.10.2000 bajo el numero 88.595-00.

Certificación emitida por: Sebastián Caballero. N'ºRegistro: 2130. N'ºMatrÃcula: 4343. Fecha:

05/08/2010. N'ºActa: 2566.

e. 11/08/2010 N'º90331/10 v. 13/08/2010 3. Edictos Judiciales ANTERIORES 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL JUJUY Asà voto.

El Doctor Jorge Luis Villada, dice que adhieren a los votos que anteceden. – Por todo ello el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:

Falla:

1'º) Condenar a Jorge Romero Cepeda y Lindsay Sevillano Gutiérrez, de las demás calidades personales obrantes en autos, a las penas de cinco años de prisión, multa de pesos dos mil ($2.000) y cuatro años y cuatro meses de prisión, y multa de pesos quinientos ($500), respectivamente, por encontrarlos coautores responsables del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y penado por el artÃculo 5'º, inciso “C” de la ley 23.737, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme el artÃculo 12 del Código Penal. Con costas.

Remitiéndolos al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la pena privativa de la libertad, en una unidad carcelaria a su cargo.

2'º) Cómputo de la Pena:Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, respecto de Jorge Romero Cepeda, el dÃa 17 de Junio de 2014, y respecto de Lindsay Sevillano Gutiérrez, el dÃa 17 de Octubre de 2013, y diez dÃas, para ambos condenados, para el pago de la multa y costas del Juicio.

3'º) Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

4'º) Disponer que la lectura de los fundamentos del presente fallo se efectúe el dÃa 17 de Junio de 2010, a horas doce, en la sede de este Tribunal (ArtÃculo 400 del C.P.P.N.).5'º) Mandar que por Secretaria se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR