Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL, 19 de Mayo de 2014, expediente 16822/2007

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2014
EmisorSALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación Expediente n° 16822/2007 - "CONSULTORES DE GRANDES EMPRENDIMIENTOS SA C/ RILEY SUR SRL Y OTROS S/ ORDINARIO"

Juzgado n° 25 - Secretaría n° 50 Buenos Aires, 19 de mayo de 2014.

Y VISTOS:

  1. a) Apeló a fs. 1583/8 la actora, y a fs. 1598/1604 la co-demandada R.S.S.R.L., la regulación de honorarios de fs. 1552/5 a los letrados M.O.R. y A.R., por estimar elevados sus estipendios.

  2. a) Afirmó que las presentes actuaciones fueron iniciadas en los términos del cciv 961, con el objeto de que se declarara inoponible a su representada, la transferencia dominial fraudulenta de los principales inmuebles propiedad de Riley Sur S.R.L. a F.V.M.S... en connivencia dolosa de CW Finance Company LLC, en perjuicio del derecho de cobro del crédito reconocido en los autos N° 44.161.

    Agregó que, la base regulatoria utilizada por el anterior sentenciante resultó errónea; por cuanto es imposible asignarle a este proceso un contenido económico cierto. Añande que corresponde que los emolumentos se regulen prescindiendo del artículo 6 inciso a) de la ley 21.839, en tanto este pleito es insusceptible de apreciación pecuniaria.

    Agrega que la la aplicación de los porcentajes arancelarios fueron utilizados sin tener en cuenta las constancias de la causa; la desproporción entre los trabajos profesionales y los emolumentos fijados, que evidenciaron una desconexión absoluta con la pauta morigeradora del art. 13 de la ley 24.832.

    1. También, R.S.S.R.L. cuestionó la composición de la base regulatoria, sosteniendo que el sentenciante de la anterior instancia fijó los emolumentos, tomando como base un monto superior al demandado, cuando la sentencia de Cámara admitió parcialmente el reclamo.

    Adujo que el quid de la cuestión fue el monto sobre el que se efectuó la regulación. E., en esa suma no existe como pronunciamiento jurisdiccional válido.

    Se queja por la aplicación de la escala máxima del arancel, cuando el juicio concluyó de modo anormal y ninguno de los letrados realizó las tres etapas del juicio ordinario. Agregando que los honorarios deben ser revisados con estricta aplicación de las pautas previstas en el art. 13 de la ley 21.839.

  3. Estos actuados concluyeron por desistimiento de la acción y del derecho después de trabada la litis, conforme surge de la presentación de fs.

    1392/3.

    Es así que para revisar los emolumentos deberá tenerse en cuenta la etapa en la que el desistimiento se produjo, y las tareas efectivamente realizadas por dichos...

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