Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL, 5 de Noviembre de 2021, expediente FCR 011855/2016/CA001

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 11855/2016/CA1

IMPUTADO: CONSTRUCCIONES

PATAGÓNICAS S.R.L Y OTROS

s/INFRACCION LEY 24.769

-RESOLUCION-

J.F. ESQUEL.-

modoro R., 05 noviembre de 2021.

VISTO:

La constitución del tribunal con el fin de dar a conocer en la

causa FCR 11855/2016/CA1, caratulada “CONSTRUCCIONES PATAGÓNICAS S.R.L.

s/infracción ley 24.769”, en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Esquel,

el veredicto y los fundamentos de la audiencia celebrada según constancia de fs. 427.

Y CONSIDERANDO:

  1. a) Que a fs. 402/410vta. el juez federal dictó el

    procesamiento de F.A.R. y E.O.A., en orden al delito de

    apropiación indebida de recursos de la seguridad social (art. 9 de la ley 24.769), en carácter de

    coautores, y mandó trabar embargo sobre sus bienes por la suma de $ 500.000, decisión que el

    defensor oficial en representación de ambos apeló a fs. 418/421, concediéndose el recurso a

    fs. 422.

    1. El recurrente reitera en esa oportunidad el pedido de

    sobreseimiento de sus asistidos por aplicación de la ley penal más benigna, de conformidad

    con lo establecido por el art. 2 del C.P.

    Argumenta que como ya lo anticipo, su situación debió haber

    sido analizada a la luz de la nueva ley penal tributaria (ley 27.430) que elevó los montos

    objetivos de punibilidad y convirtió en atípica la conducta que se les atribuye. Cita

    antecedentes de este Tribunal en aval de su postura.

  2. a) Que en esta instancia, celebrada que fue a fs. 427 la

    audiencia establecida por el art. 454 del C.P.P.N., el defensor oficial insistió en los planteos

    de mención en el sentido en el que lo evidencia la grabación del audio registrado ese día.

    1. Que por su parte, el fiscal general interino presente

    también en la audiencia, requirió se confirme la resolución apelada por encontrarse ajustada a

    derecho.

    Y respecto a la aplicación de la nueva Ley Penal Tributaria,

    dejando a salvo su criterio, y siguiendo expresas instrucciones del Procurador General de la

    Nación (R PGN 18/2018) se opuso a su aplicación retroactiva por entender que la misma no

    es una nueva ley sino solo una modificación de los montos.

    Manifestó en tal sentido, que la variación en los montos

    mínimos incorporados al Régimen Penal Tributario por la ley 24.730 tuvo por objeto

    actualizarlos para compensar la depreciación sufrida por la moneda nacional durante el

    Fecha de firma: 05/11/2021

    Alta en sistema: 26/11/2021

    Firmado por: H.L.C. DE HUBERMAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: ALDO E SUAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: S.M.Q., SECRETARIO DE JUZGADO

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro R. Expte. FCR 11855/2016/CA1

    IMPUTADO: CONSTRUCCIONES

    PATAGÓNICAS S.R.L Y OTROS

    s/INFRACCION LEY 24.769

    -RESOLUCION-

    J.F. ESQUEL.-

    periodo de vigencia de las normas sustituidas, sin ser expresión de un cambio de valoración

    social de las conductas tipificadas.

  3. a) En las presentes actuaciones se les atribuye a Fabricio

    Andrés Rodríguez y E.O.A., en su carácter de...

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