CONSORCIO DE PROPIETARIOS CLUB DE CAMPO LA MARTONA C/MALAMUD NESTOR S/EJECUCION DE EXPENSAS

Fecha de disposición21 Junio 2012
Fecha de publicación21 Junio 2012
SecciónCuarta Sección - Judiciales

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Nº 98 a cargo del Dr. Alberto Jorge Primero Narvaez, Secretaria Unica a cargo del Dr. González, José Luis sito en calle: Av. De los Inmigrantes 1950 Piso 6 C.A.B.A.- Hace saber por 2 días en el Boletín Oficial y Diario Ambito Financiero en los Autos: Consorcio de Propietarios Club de Campo La Martona c/Malamud Néstor s/Ejecución de Expensas Expte: 56005 / 2005.- El Martillero Víctor Sebastián Carcas M: 120 F. 323 L. 79 CUIT: 23-26259140-9 Monotributista.- Rematará el Día 10 de Julio de 2012 a Horas 12:00 En Punto en el Salón de Venta de Subastas Judiciales, sito En Calle Jean Jaures N° 545 C.A.B.A. El (100%) del Inmueble ubicado en el Partido de Cañuelas, lote cincuenta y Ocho -C-D Unidad Funcional noventa y cinco, de la Provincia de Buenos Aires, Matricula 10.698/95, es condición de la venta que no se podrá ceder el boleto de compraventa, resultando comprador definitivo el adquirente en dicho acto.- Artículo 3 Reglamento Interno Club de Campo La Martona: Requisitos de admisión cada postulante a nuevos socios propietarios antes de adquirir una unidad funcional deberá presentarse ante el administrador solicitando su ingreso. Toda solicitud de admisión para ser considerada por el consejo de administración, deberá ser presentada en los formularios que proveerá el administrador, proporcionándose todos los datos que en el se requiera, y el cual se adjuntara a lo estipulado a la legislación de materia discriminatoria. El postulante deberá ser presentado por dos socios, los que deberán tener una antigüedad de dos años como mínimo, no estar comprendidos en las disposiciones del articulo 5 inciso f del presente reglamento el consejo de administración se expedirá sobre la preadmisión de los nuevos socios o su reingreso, en el plazo de diez corridos de recibida la solicitud. En el supuesto de aprobarla deberá publicar durante dos semanas el pedido de incorporación del nuevo socio. En caso que algún copropietario cuestiones dicha incorporación, hará conocer al consejo de administración, los motivos de su oposición. El consejo analizara dicha nota y resolverá en forma inapelable sobre el tema. Cumplido el plazo de observación por parte de los copropietarios, de no existir oposición se procederá a cobrarle el derecho de ingreso vigente. El ingreso como socio, en cualquier categoría, implica el conocimiento y aceptación del presente reglamento, como así también el reglamento de copropiedad y administración...

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