Consideraciones sobre el derecho a la imagen de niños, niñas y adolescentes en los entornos digitales

AutorNadia Anahí Tordi
CargoLa autora es Abogada UNCuyo. Mediadora. Mgter y Especialista en Magistratura y Gestión Judicial UNCuyo/UMza. Ayudante de Primera Cátedra Derecho Privado VI, UNCuyo. Profesora de Derecho de las Familias UCH. Directora proyecto investigación sobre ciudadanía digital de las infancias, UChampagnat. Titular de la Primer Asesoría de personas menores...
Páginas12-32
CARTAPACIO DE DERECHO
Consideraciones sobr e el derecho a la imagen de niños, niñas y adolescentes, Cartapacio
de Derecho, Vol. 38 (2020), Facultad de Derecho, UNICEN
CONSIDERACIONES SOBRE EL DERECHO A LA
IMAGEN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN
LOS ENTORNOS DIGITALES
NADIA ANAHÍ TORDI1
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO
1. Introducción
oy, la web se ha convertido en el gran espacio público en el que las
personas se expresan, divierten, juegan, estudian, informan, traba-
jan, opinan, contratan etc. En esta nueva realidad, algunos niños,
niñas y adolescentes (en delante NNyA) han descubierto un sitio para relacio-
narse, expresarse y comunicarse a través de uso de las TIC. Sin embargo, en
1 La autora es Abogada UNCuyo. Mediadora. Mgter y Especialista en Magistratura y
Gestión Judicial UNCuyo/UMza. Ayudante de Primera Cátedra Derecho Privado VI, UN-
Cuyo. Profesora de Derecho de las Familias UCH. Directora proyecto investigación sobre
ciudadanía digital de las infancias, UChampagnat. Titular de la Primer Asesoría de personas
menores de edad e incapaces, Tercera Circunscripción Judicial, Mendoza.
H
2 Nadia A. Tordi
www.cartapacio.edu.ar
ocasiones la exposición de su imagen por sí o por terceros, puede generar si-
tuaciones de vulneración a sus derechos.
Es sabido, que los contenidos albergados en la web son accesibles por cual-
quiera sin consideración de límites temporales ni espaciales. Esa accesibilidad
universal y temporalmente ilimitada a cualquier información o contenido so-
bre una persona está en la base de la reflexión sobre la necesidad de poner lí-
mites a la capacidad de la red de recordar todo y mostrar una suerte de presen-
te continuo de la vida digital de las personas (Solove, 2007).
En el informe de Unicef, sobre Estado Mundial de la Infancia 2017, surge que
los jóvenes de quince a veinticuatro años son el grupo de edad más conectado.
En todo el mundo, el 71% están en línea, en comparación con el 48% de la
población total. Los NNyA menores de dieciocho años, representan uno de
cada tres usuarios de internet en todo el mundo. Se destaca, que un número
mayor de pruebas empíricas revelan que los niños están accediendo a internet
a edades cada vez más tempranas. En algunos países, los NNyA menores de
quince años tienen la misma probabilidad de usar internet que los adultos ma-
yores de veinticinco años. Se afirma que los teléfonos inteligentes están ali-
mentando una “cultura del dormitorio”, y para muchos el acceso en línea es
cada vez más personal, tiene un carácter más privado y está menos supervisa-
do (Unicef, 2017).
En este contexto, donde los NNyA cada vez más conectados muestran su ima-
gen, sin tener quizás conciencia, sobre los efectos inmediatos, expansivos y
permanentes de las redes sociales, se pretende analizar el derecho a la protec-
ción de su imagen e intimidad en clave con el derecho al olvido, como valla-
dar o límite a conductas lesivas que se pueden generar en los entornos digita-
les.

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