CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA CIVIL

Fecha de disposición06 Julio 2015
Fecha de publicación06 Julio 2015
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta33165

CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA CIVIL

CONVOCATORIA

Art. 1°

) Convocar a los técnicos matriculados en condiciones legales para la elección de un Consejero Técnico Suplente por el término de dos años, con mandato a partir del 16 de septiembre de 2015.

Art. 2°

) Establecer que la recepción de votos se llevará a cabo en la sede de este Consejo Profesional de Ingeniería Civil (Alsina 424 - 1° piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) durante los días comprendidos entre el 18 de agosto y el 15 de septiembre de 2015 (Artículo 4° del Reglamento Interno) en que se habilitarán las urnas necesarias en sus dependencias, de 9:00 a 17:00 horas de lunes a viernes (excepto feriados) para que los profesionales empadronados puedan cumplir con la obligación del voto, ya sea personalmente o por vía postal.

Art. 3°

) Dejar establecido que la recepción de los votos se cerrará el 15 de septiembre de 2015 a las 17:00 horas.

Art. 4°

) Poner en exhibición el padrón provisorio para conocimiento de los matriculados y formulación de observaciones hasta el 31 de julio de 2015 en la sede de este Consejo Profesional de Ingeniería Civil, en su sitio Web, en los organismos vinculados al ejercicio profesional que, a juicio del Consejo Directivo, resulte conveniente para su más amplia difusión, donde serán remitidos para tales efectos.

Art. 5°

) De acuerdo a lo establecido en el Artículo 4° del Reglamento Interno, se designa a los Señores Consejeros Ingeniero Civil Roberto Policichio, Ingeniera Civil Mónica Vardé y MMO Humberto Lucas para constituir la Junta Electoral.

Art. 6°

) Fijar el 15 de septiembre de 2015 a las 17:00 horas, la Sesión Pública del Consejo Profesional de Ingeniería Civil para el escrutinio y proclamación del Consejero Técnico electo, e invitar a los matriculados a asistir a la misma.

Art. 7°

) Establecer, a los efectos del proceso electoral del corriente año para la elección de un Consejero Técnico Suplente, que los electores deben tener abonados sus derechos de ejercicio al 30 de abril de 2015 - 2° trimestre año 2015 -, (Artículo 9° del Título II del Reglamento Interno).

Art. 8°

) Publicar en el Boletín Oficial de la Nación por el lapso de un día, y remitir a los matriculados. (Artículo 4° del Título II del Reglamento Interno).

PRESIDENTE - JORGE...

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