CONS. DE PROP. MONTEVIDEO 418 c/ AMERSUL S.A. s/ Ejecucion de Expensas

Fecha de publicación12 Mayo 2014
Fecha de disposición12 Mayo 2014
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta32881

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL N° 55

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 55, comunica por dos días en los autos “CONS. DE PROP. MONTEVIDEO 418 C/AMERSUL S.A. S/ EJECUCION DE EXPENSAS” Expte. Nº 92.313/2003, que el martillero Diego M. López Moar REMATARA el día 15 de Mayo de 2.014 a las 11.30 hs. en punto en la Dirección de Subastas Judiciales, sita en Jean Jaurés N° 545, C.A.B.A., el 100% del inmueble sito en la calle Montevideo 418, 7mo. Piso Departamento “A”, esq. Corrientes 1601; CABA, Nomenclatura Catastral: C: 14 / S: 5 / M: 13 / P: 35A, U.F. 14; Matrícula: FR 14-2166/14. Superficie total: 69,33 m2. De acuerdo al informe del martillero, el inmueble tiene doble acceso, a través de una entrada principal con hall privado y de una entrada de servicio. Consta de una amplia recepción, dos despachos privados, uno de ellos con espacio para mesa de reuniones, un baño con hidromasaje y una kitchenette, todos los ambientes tienen ventanales al exterior, lo cual le brinda gran luminosidad, ventilación natural y una magnífica vista panorámica de la zona. Los pisos de la recepción y de los despachos son de madera y de mosaico los del baño y posee servicios de gas natural, electricidad y calefacción por tiro balanceado. El inmueble se encuentra en buen estado de mantenimiento y está DESOCUPADO y con muebles según detalle de fojas 540. La venta se realizará al contado y al mejor postor. Base: $ 900.000; Seña: 30%; Comisión: 3%; 0,25% en concepto de Arancel, Sellado del Boleto y todo otro impuesto que corresponda de acuerdo a la legislación vigente, todo en efectivo y en el acto del remate. No se admitirán posturas inferiores a $ 500. Se exigirá al momento de suscribir el boleto de compraventa de quien/es resulten comprador/es, la constitución de domicilio dentro del radio de la C.A.B.A., bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por...

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