CONS DE PROP EDIF AV ELCANO 3130/32/34 c/ LABRA ARZOLA, BERTA ANGELICA s/DESALOJO: COMODATO

Número de expedienteCIV 046439/2020/CA001
Fecha07 Junio 2021

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B

46439/2020

CONS DE PROP EDIF AV ELCANO 3130/32/34 c/ LABRA

ARZOLA, B.A. s/DESALOJO: COMODATO

Buenos Aires, de junio de 2021.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra la resolución de fecha 21/10/2020 (v.

    punto II f. digital 8) que imprime al presente proceso el tramite del juicio sumarísimo, alza sus quejas el demandado. El traslado correspondiente fue contestado por la contraria con fecha 13/04/2021

    (f. digital 28/30).-

  2. Dispone el art. 319 del Código Procesal:

    ¨Todas las contiendas judiciales que no tuvieran señalada una ́

    tramitacion especial, serán ventiladas en juicio ordinario, salvo cuando este Código autorice al juez a determinar la clase de proceso aplicable. Cuando leyes especiales remitan al juicio o proceso sumario se entenderá́ que el litigio tramitará conforme el proceso ordinario”.

    El art. 679 del mismo Código dispone “La acción de desalojo de inmuebles urbanos y rurales se sustanciará por el procedimiento establecido por este Código para el juicio sumario con las modalidades que se establecen en los artículos siguientes”.

    De la lectura de los textos implicados se extrae que mientras la reforma de la...

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